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Gastos deducibles en la declaración de la renta cuando tenemos una vivienda en alquiler

El alquiler de una vivienda suele tributar en el IRPF como rendimiento del capital inmobiliario. Son varios los gastos que se pueden deducir, como la pintura, el arreglo de instalaciones o los gastos de amortización del inmueble. A continuación te detallamos los más habituales.

 

Seguro del hogar

Dentro del apartado “otros gastos fiscalmente deducibles”, podrás incluir los seguros que estén relacionados con tu vivienda. Seguros multirriesgos como el seguro de responsabilidad civil, incendio o rotura de cristales, etc.

 Otro de los seguros que puedes deducirte es el de protección de pagos por el alquiler.

 

Intereses de la hipoteca

Si destinas el inmueble como vivienda de alquiler, podrás desgravar los intereses y gastos como las comisiones por amortización anticipada. Sin embargo, el principal de la hipoteca no podrás deducirlo, y por lo tanto la ley no lo permite.

 

IBI, tasas y otros impuestos

Estos gastos entran dentro del apartado de tributos, recargos y tasas, y serán deducibles siempre y cuando los pagues tú.

 Dentro de estos impuestos se puede incluir el IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles), así como las de recogida de basuras, alumbrado, etc…

 

Reparaciones en el inmueble

Los gastos de reparación y conservación son deducibles. Hay que saber que entiende Hacienda como reparación. Por ejemplo las gastos ocasionados como ampliación o mejora de los bienes no están incluidos, como es el caso de cambio de puertas o ventanas.

 

Amortización de la vivienda

Puedes deducir la amortización de tu inmueble arrendado.

En concreto, la Ley del IRPF permite deducirse el 3% del coste de adquisición satisfecho o del valor catastral. El problema surge cuando el inmueble se adquirió por herencia o donación, con lo que no hubo un precio de adquisición como tal. De hecho, Hacienda y los Tribunales mantienen posiciones contradictorias al respecto y en especial, sobre el “coste de adquisición satisfecho”. 

 

Suministros del hogar

Siempre que seas tú el que pague las facturas, lo cual no es muy habitual, podrás deducirlas como gastos. La factura de la luz, el agua, internet o la calefacción caben en este apartado si corren de tu cuenta.

 

Amortización de bienes muebles

Esto significa que puedes deducir enseres de la casa tales como muebles o electrodomésticos. En este caso, la amortización es de un 10%, ubicando la cifra en la casilla “cantidades destinadas a la amortización de bienes muebles”.

 

Comunidad y gastos comunes

Lo que pagues como gastos de comunidad podrás deducirlos de la renta. 

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