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Los animales dejan de ser cosas

Los animales dejan de ser cosas

¿Qué implica que los animales dejen de ser considerados simples cosas por ley?

El Congreso ha tramitado una proposición para modificar el régimen jurídico de los animales y que pasen de ser «bienes muebles» a ser «seres vivos dotados de sensibilidad.

El Pleno del Congreso ha aprobado por unanimidad, el pasado mes de diciembre, la tramitación de la ley del PP por la que se busca reformar el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil para eliminar de todas ellas la ‘cosificación’ jurídica de los animales y que éstos, como seres vivos, sean considerados sujetos de derecho.

Ahora comienza su camino parlamentario, donde puede sufrir modificaciones a través de enmiendas, que ya anunciaron las formaciones. Pero el respaldo de todos los partidos augura que será una normativa que verá la luz.

No es la primera vez que este asunto se debate en el Congreso. En el mes de febrero de 2017, se aprobó también por unanimidad una Proposición no de Ley de Ciudadanos, sobre la modificación del régimen jurídico de los animales de compañía en el Código Civil: 342 votos a favor y ninguno en contra. En la misma se pedía que se promovieran «las reformas legales necesarias para crear una categoría especial en el Código Civil que ubique a los animales de compañía fuera de la masa patrimonial a todos los efectos legales, de forma que resulten inembargables», entre otras cosas.

Uno de los principales cambios es que los jueces deberán sopesar su bienestar en casos de separación o divorcio y no podrán embargarse para saldar deudas.

En concreto, la proposición de ley, quiere reformar el Código Civil, con el fin de eliminar su cosificación jurídica y pasar a definirlos como “seres vivos dotados de sensibilidad”, ya que hasta ahora, si tenemos en cuenta ley, son “bienes muebles”, y como tales pueden ser embargados, y no tutelados en caso de separación o divorcio. Este es uno de los cambios que contempla la propuesta aprobada en el Congreso: la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil para declarar «absolutamente inembargables» a los animales de compañía ante el impago de rentas.

Actualmente, esta propuesta se encuentra en trámite parlamentario, teniendo como objetivo la modificación de varias leyes, con el fin de considerar a los animales sujetes de derechos, a los animales en general, pero en algunas cuestiones sólo afecta a los animales de compañía.

La propuesta también pretende la reforma de la Ley Hipotecaria, plantea cambiar su artículo 11. De esta manera, impide que «se extienda la hipoteca a los animales colocados o destinados en una finca dedicada a la explotación ganadera, industrial o de recreo» y prohíbe «el pacto de extensión de la hipoteca a los animales de compañía». Es decir, el uso de éstos como garantía del crédito hipotecario.

Por último, se quiere cambiar el artículo 605 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para declarar «absolutamente inembargables» a los animales de compañía en atención al especial vínculo de afecto que liga a los animales de compañía con la familia con la que conviven. Esta previsión rige sin perjuicio de la embargabilidad de las rentas que dichos animales puedan generar.

Con esta reforma España sigue la línea de otros países europeos y del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que exige a los Estados que respeten su bienestar como «seres sensibles».

Cuando un pareja se separa, el destino de los animales

Esta reforma, también quiere dar claridad, al vacío legal al que se enfrentan los cónyuges o las parejas en caso de divorcio o separación, y es que actualmente el Código Civil no contempla nada al respecto de qué miembro debe quedarse con la mascota o de qué manera.

Actualmente, hay varias opciones, llegar a un acuerdo amistoso, o que se el juez quién decida en en base a determinadas circunstancias. Pero la inseguridad jurídica hace que se puedan dar casos de desprotección porque puede estar a nombre de un miembro de la pareja que no es el que más o mejor le cuida y aún así acabar con él», argumenta la jurista e integrante de INTERcids, asociación de operadores jurídicos por los animales, Anna Mulà.

Una de las reformas que introducirá el Código Civil, para conceptualizar la propiedad de los animales es introducir preceptos relacionados con las normas relativas a las que llama crisis matrimoniales. Es decir, establece cuáles son los parámetros que el juez o jueza deberán tomar en consideración a la hora de concretar «el régimen de custodia de los animales de compañía».

Así, la norma instaura que la autoridad judicial «confiará a los animales de compañía a uno o ambos cónyuges, atendiendo al interés de los miembros de la familia y al bienestar del animal», incluso pudiéndose preverse el reparto entre ambos miembros de la pareja de los tiempos de disfrute, en caso de que fuera necesario. El objetivo es intentar poner fin a la arbitrariedad con la que se afronta el asunto, que, tal y como reconoce la iniciativa.

El Código Penal español sí hace desde 2003 una distinción entre los daños a los animales y los daños a las cosas, pero la reforma del Código Civil y de otras normativas que los equiparan jurídicamente con objetos o bienes era una asignatura pendiente ya superada en otros países pioneros como Austria, Suiza o Alemania, y algunos más recientes como Francia o Portugal.

‘Ley Cero’

En el debate parlamentario estaban varias asociaciones animalistas, o el partido PACMA, que reclama que se ponga en marcha una ley general de bienestar y protección de los animales, que denominan ‘Ley Cero’, y que han presentado con el aval de 175.000 firmas.

La norma promueve, entre otros, «impedir el sacrificio masivo de animales abandonados en perreras; la cría indiscriminada en condiciones de insalubridad y hacinamiento para su venta en tiendas, su explotación en granjas, su uso en espectáculos o su utilización en prácticas crueles, violentas e innecesarias, como la caza».

Abandonos de animales

El Estudio de Abandono y Adopción 2017, publicado recientemente por la Fundación Affinity, indica que el año pasado fueron recogidos en España más de 137.000 perros y gatos. Son 400 abandonos al día. Una cifra similar a la del pasado año que rompe con la tendencia ligeramente positiva de los últimos años.

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