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Entra en vigor el bloqueo obligatorio de SMS comerciales sin alias registrado

Entra en vigor el bloqueo obligatorio de SMS comerciales sin alias registrado

Desde el pasado día 15 de septiembre, los operadores de telefonía móvil en España aplican el bloqueo obligatorio y automático de los mensajes SMS, MMS y comunicaciones RCS de carácter comercial cuyo remitente alfanumérico no figure inscrito en la base de datos oficial. Esta medida, regulada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC),  constituye la última actuación para combatir las estafas telefónicas y el fraude por suplantación de identidad o smishing.

Con la entrada en vigor del sistema, las redes telefónicas filtrarán diariamente las comunicaciones dirigidas a números españoles. Cualquier entidad pública o privada —bancos, aseguradoras, empresas de transporte, comercios y administraciones públicas— que envíe avisos identificados con su nombre comercial, marca, denominación social o dominio web debe haber completado la inscripción previa en el registro de la CNMC.

El procedimiento técnico establece que las operadoras deberán consultar diariamente la base de datos pública gestionada por la CNMC. Cuando un mensaje intente transmitirse empleando un identificador alfanumérico que no coincida con la lista de remitentes validados, la red lo interceptará y bloqueará de forma automatizada antes de su llegada al destinatario.

Las entidades comercializadoras o instituciones que no hayan registrado sus alias antes de la fecha límite no podrán enviar mensajes identificados con su marca a partir de este martes. No obstante, las comunicaciones operativas se podrán seguir enviando si las empresas prescinden del uso del alias.

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