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España adapta la nueva norma de la UE sobre el comercio de huevos

España adapta la nueva norma de la UE sobre el comercio de huevos

Aunque la normativa de la Unión Europea en materia de comercialización de huevos es de directa aplicación, el real decreto recoge algunas disposiciones adicionales y determinados aspectos que requerían de la regulación y el control por parte de los Estados miembros.

La nueva normativa mantiene los principios generales de la regulación anterior, en cuanto a criterios de clasificación, etiquetado obligatorio y etiquetado facultativo, con el objetivo de contribuir a mantener la unidad de mercado, la transparencia y lealtad en las transacciones comerciales y la información transparente a los consumidores.

Entre las principales novedades que recoge el real decreto aprobado este martes se encuentra la regulación de las excepciones al marcado obligatorio de los huevos en granja.

La norma establece que los huevos se podrán marcar, como excepción, en un centro de embalaje, siempre que lo autorice la autoridad competente y se cumplan una serie de condiciones y requisitos generales, entre los que destaca la implantación de un sistema de controles que asegure el cumplimiento de las normas de comercialización.

Además, la norma incorpora la definición de huevos aromatizados y su regulación en el etiquetado. La norma recoge igualmente la posibilidad de que las autoridades competentes regulen otros usos en los parques de gallinas camperas, como la instalación de placas solares.

También aspira a la mejora de la coordinación y el control entre las autoridades competentes y el sector, para lo que se crea la Mesa de Coordinación de la Calidad Alimentaria. En aras de avanzar en la transparencia y la información, se adopta el etiquetado facultativo multiespecies, entre otras novedades.

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