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Novedades en la DGT: Nuevo margen de error para sus radares

Novedades en la DGT: Nuevo margen de error para sus radares

Hasta ahora, para que un radar detectase que el conductor había rebasado el límite establecido, el margen del error era el siguiente:

  • Radares fijos y de tramo: un máximo de 5 km/h en velocidades inferiores a los 100 km/h y para las superiores a 100 km/h el margen de error era del 5%.
  • Radares móviles: un margen de 7 km/h cuando la velocidad no supera los 100 km/h, y del 7%, cuando la superasen.

Estos parámetros que acabamos de mencionar ya no se aplicarán, ya que una orden ministerial publicada en el BOE ha ajustado estos márgenes de error, haciéndolos más estrictos. De esta forma, a partir de ahora el margen para los radares fijos será el siguiente:

  • Si no se superan los 100 km/h es de 3 km/h.
  • Por encima de esos 100 km/h será del 3%.

En el caso de los radares móviles, el margen de error máximo en velocidades iguales o inferiores a los 100 km/h es de 5km/h, y del 5%, en los tramos que se pueda circular a más de 100 km/h. Esto se traduce que en una vía de 50 km/h, ahora se nos multaría al rebasar los 55 km/h.

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