La UE cambia las normas para viajar con perros, gatos y hurones
Desde el pasado 1 de octubre se aplican en la Unión Europea nuevas medidas para poder viajar con perros, gatos y hurones procedentes de terceros países, un cambio que afecta directamente a la documentación que acompaña a estos animales en sus desplazamientos internacionales.
Estos cambios afectan fundamentalmente al certificado zoosanitario para los movimientos no comerciales de perros, gatos y hurones en la Unión Europea. El nuevo marco está establecido por el Reglamento de Ejecución (UE) 2026/705, que fija los modelos de documentos de identificación y declaraciones para los desplazamientos sin fines comerciales de animales de compañía. Por lo tanto, y según esta nueva norma, ya no pueden expedirse nuevos certificados utilizando el modelo anterior para la entrada en la UE de perros, gatos y hurones de compañía desde terceros países.
La norma establece que debe elaborarse conforme a este modelo, cumplimentarse y expedirse siguiendo sus notas explicativas y acompañarse de una declaración escrita del propietario o de la persona autorizada que confirme que el desplazamiento del animal tiene carácter no comercial.
El nuevo certificado recoge, entre otros datos, la identificación individual del animal, incluyendo especie, sexo, color, raza, fecha de nacimiento y código del transpondedor o tatuaje. También incorpora la información relativa a la vacunación frente a la rabia. Con carácter general, los animales deben haber tenido al menos 12 semanas en el momento de ser vacunados y deben haber transcurrido al menos 21 días desde la primovacunación antes del desplazamiento.
El certificado original deberá ser expedido por un veterinario oficial del tercer país o territorio de envío o por un veterinario autorizado, en este último caso con el posterior refrendo de la autoridad competente.

