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La CNMC multa con un millón a Enérgya VM por manipular precios del gas

La CNMC multa con un millón a Enérgya VM por manipular precios del gas

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con un millón de euros a Enérgya VM Gestión de Energía, la comercializadora de electricidad y gas, por manipular el mercado organizado de gas (Mibgas) entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2022.

El organismo ha indicado este lunes que la operativa de la compañía estuvo «ilegítimamente» orientada a elevar el precio del mercado a un nivel artificial insertando ofertas de compra que no tenía intención de casar.

En concreto, la CNMC ha destacado que en 32 sesiones de negociación presentó ofertas de compra a precios elevados en los últimos siete segundos de negociación.

Según el organismo, estas no eran modificaciones de ofertas anteriores que estuviera tratando de ejecutar en los últimos segundos de la negociación ni agredían a la oferta de venta más competitiva de ese momento en el sistema de negociación, ya que las introducía a un precio ligeramente inferior, en algunas sesiones tan solo 0,02 euros/MWh por debajo, para evitar que fueran casadas.

Además, dichas ofertas de compra se introducían por un volumen de energía «muy inferior» al volumen del resto de las ofertas de compra de Enérgya VM Gestión de Energía en la misma sesión de mercado.

El objetivo era reducir el impacto económico de las ofertas a precio elevado en caso de que hubieran sido casadas y, en algunas de las sesiones en contra de la lógica económica, ya que las introducía a un precio superior al de la última transacción ejecutada por el agente como contraparte vendedora para el mismo producto y en la misma sesión de negociación.

La introducción de señales falsas o engañosas sobre la oferta, la demanda o el precio de un producto energético al por mayor, así como la fijación del precio de un producto energético al por mayor en un nivel artificial, se corresponden con comportamientos de manipulación o tentativa de manipulación del mercado, que infringen el artículo 5 del Reglamento UE n.º 1227/2011, de 25 de octubre de 2011 (Remit).

 

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