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Derechos de las personas con movilidad reducida en el transporte aéreo

Derechos de las personas con movilidad reducida en el transporte aéreo

Los derechos de las Personas con Movilidad Reducida están recogidos en el Reglamento Europeo (CE) 1108/2006, de julio de 2006, que tiene por objeto lograr que las personas con discapacidad o movilidad reducida tengan las mismas oportunidades que el resto de la ciudadanía para viajar. Por ello, es preciso prestarles asistencia tanto en los aeropuertos como a bordo de las aeronaves.

Esta normativa es aplicable a personas que utilicen o pretendan utilizar vuelos comerciales de pasajeros que salgan, lleguen o transiten por aeropuertos situados en el territorio de la Unión Europea. La Agencia Estatal de Seguridad Aérea es competente para los pasajeros que salgan, lleguen o transiten por aeropuertos situados en el territorio español. Igualmente se aplicará la prohibición de denegar el embarque y la obligación de asistencia a los pasajeros con movilidad reducida que salgan de un aeropuerto situado en un tercer país con destino a un aeropuerto situado en un aeropuerto de la Unión Europea, si la compañía aérea es comunitaria. 

En el momento de la salida, todos los aeropuertos españoles disponen de puntos de encuentro debidamente señalizados tanto dentro como fuera de los edificios terminales, en los que las personas con movilidad reducida podrán, sin dificultad, anunciar su llegada al aeropuerto y solicitar asistencia. En el proceso de embarque de la aeronave, si utiliza una silla de ruedas plegable, ésta podrá ser almacenada en la cabina de pasajeros si hay espacio para ello. Si la silla es con batería, deberá ir en la bodega de la aeronave por motivos de seguridad. 

En el aeropuerto de llegada, el gestor aeroportuario debe desplazarle desde su asiento a la puerta del avión, ayudarle a desembarcar del avión, para lo que deberán preverse elevadores, sillas de ruedas o cualquier otro tipo de asistencia que proceda, desplazarle desde el avión hasta la sala de recogida de equipajes, pasando los controles de inmigración y aduanas y desplazarle desde la sala de recogida de equipajes hasta un punto designado.

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