¿Por qué tributa en la Renta la segunda vivienda aunque está vacía?
A lo hora de realizar su declaración de la Renta muchas personas se ha preguntado por qué deben declarar una segunda vivienda aunque no la tengan alquilada ni hayan obtenido ingresos por ella. La respuesta se basa en la llamada imputación de rentas inmobiliarias: una norma fiscal que obliga a tributar por determinados inmuebles urbanos aunque permanezcan vacíos.
La base legal se encuentra en el artículo 85 de la Ley del IRPF. La norma establece que, en el caso de los inmuebles urbanos que no estén afectos a una actividad económica ni generen rendimientos del capital, y siempre que no se trate de la vivienda habitual, «tendrá la consideración de renta imputada» una cantidad calculada sobre el valor catastral del inmueble.
Es decir, según lo establecido en este precepto legal, una segunda residencia, una vivienda de vacaciones o un piso que permanece cerrado durante todo el año puede generar tributación en la declaración de la renta aunque su propietario no perciba ningún ingreso por él.
La Agencia Tributaria también enumera los casos en los que no procede esta imputación. Entre ellos figuran la vivienda habitual, el suelo no edificado, los inmuebles en construcción y aquellos que no pueden utilizarse por razones urbanísticas.
En cuanto al importe a abonar, este es del 2% sobre el valor catastral del inmueble, porcentaje que se reduce al 1,1% en determinados supuestos de revisión catastral. Esa cantidad no es el impuesto a pagar, sino una renta teórica que se suma al resto de ingresos del contribuyente para calcular el IRPF.

