Plaza de Santa María, 2, Mérida       924 38 71 78
InicioNoticias del díaCambios en el Reglamento General de Circulación: ¿cuáles son?

Cambios en el Reglamento General de Circulación: ¿cuáles son?

Cambios en el Reglamento General de Circulación: ¿cuáles son?

El Consejo de Ministros aprobó el pasado mes de junio una serie de cambios en el Reglamento General de Circulación cuyo objetivo es mejorar la protección de los usuarios vulnerables de la vía, concepto en el que están englobados peatones, ciclistas, motociclistas y conductores de vehículos de movilidad personal. Estas modificaciones entrarán en vigor el próximo 1 de octubre pero, ¿cuáles son los principales cambios?

1.- Conductores de Vehículos de Movilidad Personal (VMP)

Se fija en 15 años la edad mínima para conducir un VMP. Además, los conductores deberán utilizar casco de protección obligatorio y chaleco reflectante de noche o en situaciones de escasa visibilidad. En el caso de no hacerlo, se califica como una infracción grave con sanción económica de 200 euros. Estos vehículos también deberán llevar siempre encendido el alumbrado.

2.- Ciclistas

Con los cambios introducidos se suprimen las exenciones de uso del casco y todos los ciclistas deberán llevarlo en vías interurbanas. En cuanto a los adelantamientos en una vía interurbana, se deberá reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros/hora respecto al límite existente en la vía. En aquellas calzadas con más de un carril por sentido, el conductor que adelanta debe cambiar completamente de carril, además de dejar la separación lateral de 1,5 m. Además, en vías urbanas los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril para mejorar su seguridad.

3.- Usuarios de motocicletas 

A partir de octubre será obligatorio el uso de guantes de protección para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías. Ambas son una infracción grave cuya sanción económica es de 200 euros. Además, los cascos de protección de los usuarios de ciclomotores tendrán que estar obligatoriamente homologados y no simplemente certificados.

4.- Otros

Aquellos vehículos que rebasen a otros inmovilizados ya sea por accidente, avería, labores de auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico deben dejar una separación lateral de 1,5 metros y reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros/hora respecto al límite existente en la vía. Otro de los cambios es que, cuando, con motivo de una retención, los vehículos circulen a paso de peatón o se detengan, deberán orillarse de manera que dejen un espacio central libre para permitir el paso de vehículos de policía y demás servicios de emergencia, espacio denominado “carril de emergencia”.

Facebooktwitter
Sin comentarios

Lo sentimos, el formulario de comentarios está cerrado en este momento.