El Gobierno permitirá que los supermercados puedan limitar las compras para evitar el desabastecimiento
El Gobierno va a permitir que los supermercados puedan limitar la venta de productos para evitar así el desabastecimiento. Podrán hacerlo de forma temporal y cuando existan circunstancias extraordinarias que lo justifiquen.
Para ello, ha modificado la Ley 7/1996 de Ordenación del Comercio Minorista. Concretamente, ha añadido un nuevo apartado 3 en el artículo 9 de la norma: «Excepcionalmente, cuando existan circunstancias extraordinarias o de fuerza mayor que lo justifiquen, los establecimientos comerciales podrán suspender con carácter temporal la prohibición prevista en el apartado 2 de limitar la cantidad de artículos que puedan ser adquiridos por cada comprador«.
Además de la justificación, los supermercados deberán aplicar esta prohibición «de manera proporcionada cuando sea necesario para impedir el desabastecimiento y garantizar el acceso de los consumidores en condiciones equitativas».
Hasta ahora, la Ley de Comercio Minorista prohibía a los comerciantes «limitar la cantidad de artículos que pueden ser adquiridos por cada comprador». Además, los establecimientos tampoco podían «establecer precios más elevados o suprimir reducciones o incentivos para las compras que superen un determinado volumen».
A partir de ahora, con esta modificación, los establecimientos podrán «suspender con carácter temporal la prohibición prevista en el apartado 2 de limitar la cantidad de artículos que puedan ser adquiridos por cada comprador«. La normativa aprobada tiene como objetivo impedir el desabastecimiento en situaciones «de fuerza mayor», así como garantizar el acceso equitativo de los consumidores a ciertos productos.

