La donación de dinero en efectivo a familiares no pagará IRPF
Las personas que donen dinero en efectivo a un familiar, ya sea a hijos o a padres, no tendrán que tributar esta transmisión en el IRPF. La Dirección General de Tributos (DGT), órgano directivo del Ministerio de Hacienda, ha aclarado en una consulta del 23 de diciembre que «por la donación de dinero no computará ganancia ni pérdida patrimonial alguna en el donante».
Eso sí, el órgano recuerda que si se transmiten otros bienes como una vivienda o acciones empresariales, el donante tiene que pagar IRPF por la ganancia que le haya generado el bien. Es decir, si compró un inmueble por 100.000 euros y a la fecha de la donación vale 150.000 euros, tiene que tributar en el IRPF por esa diferencia de 50.000 euros. Sin embargo, si la vivienda perdió valor, no puede desgravarse esa diferencia.
Por todo ello, la DGT resuelve que la donación de dinero en efectivo no computa ni como ganancia, ni como pérdida. Por otro lado, Tributos recuerda que la persona que recibe el dinero sí que tiene que tributar por el impuesto de Sucesiones y Donaciones.

