Plaza de Santa María, 2, Mérida       924 38 71 78
InicioNoticias del díaLa factura electrónica, siempre una opción, nunca una obligación

La factura electrónica, siempre una opción, nunca una obligación

La factura electrónica, siempre una opción, nunca una obligación

Es frecuente que las empresas quieran simplificar sus procesos y por ello ofrezcan facturas electrónicas, pero tú tienes derecho a elegir cómo prefieres recibirlas, y no lo decimos nosotros, sino que así lo establece la ley:

  • El Real Decreto 1619/2012 regula cómo deben expedirse las facturas. Según el artículo 8, puedes recibir tus facturas en papel o electrónicamente, siempre que se garantice la autenticidad, integridad y legibilidad de la factura. Y en el caso de las facturas electrónicas, se establece que deben enviarse solo si se da el consentimiento.
  • Además, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, incorporó en el año 2014 un párrafo 3 al artículo 63 que refuerza el derecho del usuario a recibir facturas en papel sin coste alguno, establece que la expedición de la factura electrónica estará condicionada a que se haya obtenido previamente el consentimiento expreso del consumidor, un consentimiento que puedes revocar este consentimiento en cualquier momento.

En resumen:

  • Tienes derecho a recibir la factura en papel y no deberías tener que realizar ningún trámite adicional para que esto ocurra ni pagar de más por ella.
  • Si prefieres recibir las facturas electrónicas, debes dar tu consentimiento claro y explícito.
  • Si decides que ya no quieres recibir facturas electrónicas, puedes revocar tu consentimiento. 
Facebooktwitter
Sin comentarios

Lo sentimos, el formulario de comentarios está cerrado en este momento.