Las autopistas no podrán cobrar peajes íntegros cuando estén en obras
El Tribunal Supremo (TS) ha fallado que las autopistas no podrán cobrar peajes íntegros a los usuarios si el servicio se encuentra afectado por obras en la infraestructura. Así lo ha establecido a raíz de una sentencia en la que da la razón a los afectados por las obras de la AP-9 y que obliga a la concesionaria a devolver el coste de los peajes cobrados en aquellas situaciones en la que las obras que estaba llevando a cabo afectaron a la fluidez del tráfico.
La resolución fija como abusiva la práctica del cobro íntegro del peaje a los usuarios de la autopista en los casos en que en la misma se produzcan incidencias, siempre que a dichos usuarios no se les haya facilitado información sobre el estado de la vía con la antelación suficiente como para que pudiesen optar, en condiciones de seguridad, por no incorporarse a la autopista o por abandonarla antes de llegar al tramo afectado».
Se condena además a la concesionaria a la devolución del « importe cobrado en concepto de peaje, junto con el interés legal devengado desde la fecha de cada pago, a los usuarios que hayan circulado por el tramo afectado». Todos los clientes afectados por alguna de estas incidencias que conserven el comprobante podrán instar que se les reconozca como beneficiarios de la condena, aunque no hayan formado parte de las acusaciones.

