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¿Me pueden impedir renovar el DNI tras cumplir 65 años? La DGT lo aclara

¿Me pueden impedir renovar el DNI tras cumplir 65 años? La DGT lo aclara

Cumplir 65 años no implica necesariamente perder el carnet de conducir pero sí se establece que, a la hora de llevar a cabo la renovación, el certificado médico obtiene mayor importancia. La DGT permite seguir al volante sin una edad máxima fijada, aunque exige demostrar que las condiciones físicas y psicológicas siguen siendo compatibles con una conducción segura. Hasta cumplir 65 años, los permisos AM, A1, A2, A y B tienen habitualmente una vigencia de diez años. Después de esa edad, el periodo máximo de validez se reduce a cinco años. El cambio no implica que el conductor tenga que dejar de conducir ni que deba realizar un trámite especial.

El requisito que puede impedir la renovación es superar el reconocimiento de aptitud psicofísica en un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado. En esa revisión se comprueban distintas capacidades relacionadas directamente con la conducción por lo que, si el resultado no es favorable, no se podrá llevar a cabo la renovación. La revisión puede determinar que el conductor conserva las condiciones necesarias para ponerse al volante. También puede establecer que esas condiciones aconsejan una vigilancia más frecuente, con una vigencia inferior a la que correspondería por regla general.

La renovación puede iniciarse desde tres meses antes de la fecha de vencimiento. Hacerlo dentro de ese periodo no resta días de validez al nuevo permiso. Si el carnet ya ha caducado, todavía puede renovarse. Pero existe una línea roja: mientras el permiso permanezca caducado, no se puede conducir legalmente. Renovarlo después es posible; utilizarlo durante ese intervalo, no.

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