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Nuevo formulario para que los mutualistas jubilados pidan la devolución del IRPF

Nuevo formulario para que los mutualistas jubilados pidan la devolución del IRPF

Los mutualistas jubilados con derecho a la devolución del IRPF tienen que realizar una nueva solicitud, pese a haberlo ya el año pasado, siguiendo las indicaciones de Hacienda en tiempo y forma. Pero el Gobierno dejó sin efecto las solicitudes hechas y no resultas antes del 22 de diciembre. Eso sí, tras la rectificación de última hora por parte de Hacienda, la nueva solicitud les permitirá cobrar todos los ejercicios no prescritos de una vez, este mismo año. 

En esta campaña, los mutualistas jubilados recibirán el cálculo correspondiente a este año, pero para ejercicios anteriores será necesario presentar un nuevo formulario de solicitud, que la agencia Tributaria ha habilitado ya en su sede electrónica.

En esta campaña de la Renta, los mutualistas jubilados recibirán directamente el cálculo correspondiente a la devolución que les corresponde para el ejercicio fiscal 2024. Es decir, el cálculo será automático en la Renta 2024 y sucesivas. “Con la finalidad de aplicar lo establecido en la disposición transitoria segunda (en adelante DT2) de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para los pensionistas que reciben en la actualidad prestaciones que procedan de aportaciones a mutualidades de previsión social que puedan dar lugar a reducción en la tributación de sus rendimientos del trabajo conforme lo establecido en la citada disposición, en la declaración de Renta de 2024 se van a calcular ajustes sobre las pensiones de jubilación o invalidez, para conseguir esta menor tributación, tal y como se procedió para el IRPF 2023 en la anterior Campaña de Renta”, explica la Agencia Tributaria.

Ahora bien, para recuperar el exceso de tributación de los ejercicios anteriores será necesario presentar un nuevo formulario de solicitud, que ya está habilitado por la Agencia Tributaria. “Las devoluciones del IRPF de los ejercicios 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos que resulten de aplicación de la DT2 LIRPF se podrán solicitar mediante la presentación del nuevo formulario de solicitud”, detalla Hacienda en su web.

Para completar este formulario es necesario disponer de número de Referencia, Cl@ve, certificado electrónico o DNI electrónico. Después, el solicitante solo tendrá que añadir un número de cuenta bancaria y un número de teléfono.

Por otro lado, cuando no se haya presentado el formulario, a los potenciales beneficiarios, en el servicio de presentación de la declaración de la Renta, les aparecerá un aviso informativo con acceso directo al formulario. La Agencia Tributaria ofrece un mensaje con acceso directo al formulario nada más entrar al servicio de presentación de la declaración en la sede electrónica y en la ‘app’.

“Está previsto que se produzca una modificación normativa, de tal manera que el formulario de solicitud que se presente permitirá obtener en 2025 la devolución de los ejercicios 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos” detalla en su sede electrónica la Agencia Tributaria. Es decir, los mutualistas tendrán que esperar a la modificación de la norma anunciada por el Gobierno para que les llegue el pago correspondiente a 2022 y a años anteriores de una vez.

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