Ocho trucos sobre tus derechos si el tren se retrasa o cancela
Si el tren en el que viajas sufre un retraso, interrupción o cancelación, como pasajero tienes los siguientes derechos a nivel legal:
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Si el retraso es superior a 60 minutos, tienes derecho a recibir asistencia (comida o refrigerios) en función del tiempo de espera.
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Si el retraso es superior a una hora e inferior a dos horas, tendrás derecho además a una indemnización equivalente al 25% del precio del billete.
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Si el retraso supera las dos horas, la indemnización será del 50% del precio del billete.
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Hay que tener en cuenta, que esto es lo que establece la normativa a nivel de la Unión Europea. No obstante, el operador ferroviario puede establecer una indemnización superior en base a los compromisos de puntualidad adquiridos con sus clientes, en función del tipo de tren y la distancia recorrida.
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En el caso de RENFE, si el retraso se produce en un tren AVE, la compañía devolverá el 50% del precio del billete si el retraso supera los 15 minutos, y el 100% si el retraso es superior a los 30 minutos.
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Si hablamos de media distancia, en el caso de tratarse de un tren Regional o Regional Express, si el retraso supera los 30 minutos la devolución sería del 25%, aumentando al 50% si supera los 45 minutos.
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En caso de cancelación o interrupción del viaje, el operador deberá, a elección del pasajero, o bien proporcionarle transporte en condiciones equivalentes hasta su destino, o devolverle íntegramente el precio del billete.
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Si tienes que presentar una reclamación, deberás dirigirte en primer lugar a la propia compañía ferroviaria, y en caso de no ser atendido puedes presentar reclamación ante el Ministerio de Fomento, los servicios de consumo de la Comunidad Autónoma, o bien ante la Junta Arbitral de Transporte, en caso de reclamaciones de carácter económico.

