Plaza de Santa María, 2, Mérida       924 38 71 78
InicioNoticias del día¿Pueden presentar las parejas de hecho la Declaración de la Renta de manera conjunta?

¿Pueden presentar las parejas de hecho la Declaración de la Renta de manera conjunta?

¿Pueden presentar las parejas de hecho la Declaración de la Renta de manera conjunta?

La declaración de la Renta comenzará el próximo 8 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio. Como viene siendo habitual desde hace tiempo, la declaración se puede presentar de manera presencial o a través de Internet, pero además, algunos ciudadanos podrán decidir si presentar el ejercicio de manera conjunta o individual.

La Agencia Tributaria aclara en su página los cuatro supuestos en los que se pueden presentar la declaración de manera conjunta:

1. Los cónyuges con vínculo matrimonial junto con todos sus hijos menores de edad o mayores incapacitados judicialmente.

2. En las parejas de hecho sin vínculo matrimonial solo uno de sus miembros puede formar unidad familiar con todos sus hijos menores o mayores incapacitados judicialmente. El otro miembro de la pareja debe declarar de forma individual.

3. En los supuestos de separación o divorcio matrimonial, la opción por la tributación conjunta corresponderá al que tenga atribuida la guarda y custodia de los hijos a la fecha de devengo del IRPF, al tratarse del progenitor que convive con aquellos.

4. En los supuestos de guarda y custodia compartida, la opción de la tributación conjunta puede ejercitarla cualquiera de los dos progenitores, optando el otro por declarar de forma individual.

Facebooktwitter
Sin comentarios

Lo sentimos, el formulario de comentarios está cerrado en este momento.