Ni pago extra por reserva ni cobro del cubierto en restaurantes
El sector de la hostelería vive uno de sus puntos álgidos en la temporada estival. Este incremento de afluencia de clientes da lugar al cambio de algunas prácticas por parte de bares y restaurantes que no se ajustan a la legalidad vigente y que los consumidores pueden negarse a pagar.
El cobro de una cuantía por efectuar una reserva es una práctica habitual en esta época del año en la que los restaurantes tienen una gran afluencia de público. Este tipo de actuación es legal siempre y cuando este importe sea descontado del precio final de la factura, siendo por lo tanto ilegal en los casos en los que no sea así sino que sea cobrado como un plus.
Tampoco es legal hacerle pagar al comensal por «cubierto» o «servicio», salvo que haya una normativa autonómica específica que lo permita. Al igual que en el caso de los cubiertos, solo se podrá cobrar por el pan, los piquitos o similares si se especifica en la carta de manera visible y clara y estos conceptos estén incluidos en la lista de precios publicitada por el negocio.
Dentro de la lista de ilegalidades que pueden cometerse en estos días está también el cobro por el agua de grifo. Según la Ley de Residuos, los bares y restaurantes están obligados a ofrecer agua de grifo a sus clientes, no envasada y de manera gratuita. Solo pueden cobrar el agua mineral embotellada, nunca la del grifo. Si la persona consumidora solicita agua del grifo y se le informa que únicamente puede adquirir agua embotellada supondría un incumplimiento de la normativa vigente.

