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La nueva normativa europea en el transporte aéreo: ¿Qué cambia?

La nueva normativa europea en el transporte aéreo: ¿Qué cambia?

La reforma del Reglamento europeo 261/2004 ha introducido una serie de cambios relevantes en los derechos de los consumidores en el transporte aéreo. La Unión Europea pretende con estos cambios reforzar la protección de los viajeros, simplificar las reclamaciones y aportar mayor seguridad jurídica tanto a pasajeros como a compañías aéreas.

Entre las novedades más importantes destaca la que afecta al equipaje de mano, volviendo este a formar parte del precio del billete. Otras novedades son, por ejemplo, que las aerolíneas estarán obligadas a sentar gratuitamente junto a sus acompañantes a los menores de 14 años y, por otro lado, que los pasajeros recibirán automáticamente el reembolso cuando opten por recuperar su dinero tras una cancelación.

Como se ha indicado, uno de los cambios más relevantes afecta al equipaje de mano. La nueva normativa obliga a que el precio del billete que muestran desde el inicio del proceso de reserva las compañías aéreas, los intermediarios y los comparadores incluya el equipaje de mano, facilitando así que los pasajeros puedan comparar las tarifas en igualdad de condiciones.

No obstante, las aerolíneas podrán seguir comercializando tarifas más económicas para quienes decidan viajar únicamente con un objeto personal y renuncien al equipaje de cabina. Además, deberán informar de forma clara sobre las dimensiones y el peso máximos permitidos para el equipaje tanto en el momento de la reserva como en el propio aeropuerto.

La protección de las familias constituye otra de las principales novedades. Las compañías aéreas ya no podrán cobrar suplementos para que un menor de 14 años viaje sentado junto a la persona que le acompaña. Esa asignación de asientos deberá realizarse de forma gratuita.

Otro de los cambios más importantes se produce en el sistema de reclamaciones. Los pasajeros que prefieran recuperar el importe del billete en lugar de aceptar un transporte alternativo recibirán el reembolso automáticamente, sin necesidad de presentar una solicitud específica. Además, las compañías estarán obligadas a comunicar, en un plazo máximo de cuatro días desde la finalización del viaje, cómo puede solicitarse una compensación, sin exigir para ello disponer de una cuenta de usuario ni descargar una aplicación móvil.

La reforma también fija nuevos plazos para agilizar la resolución de las reclamaciones. Los pasajeros dispondrán de nueve meses para solicitar una compensación, mientras que las aerolíneas tendrán treinta días para abonarla o justificar por qué consideran que no procede, explicando igualmente las vías de recurso disponibles.

Finalmente, se mantienen los 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, los 400 euros para trayectos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para los vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros, y los 600 euros para los trayectos de mayor distancia. En estos últimos, las compañías podrán reducir la compensación al 50% si ofrecen un transporte alternativo que permita llegar al destino con un retraso limitado.

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