Plaza de Santa María, 2, Mérida       924 38 71 78
InicioNoticias del díaAsí puedes hacer un préstamo sin intereses a un hijo u otro familiar

Así puedes hacer un préstamo sin intereses a un hijo u otro familiar

Así puedes hacer un préstamo sin intereses a un hijo u otro familiar

Hacer un préstamo a un hijo u otros familiares es un trámite muy habitual. Muchas personas deciden dejar algo de dinero a un ser querido para emprender, comprar un inmueble o saldar una deuda, pero no desean cobrar ningún interés por ello, sino que es un gesto de ayuda desinteresado.

A la hora de hacer este tipo de movimientos, surgen bastantes dudas sobre cómo hacerlo, especialmente para evitar tener problemas con Hacienda. Son gestiones totalmente legales, pero es necesario notificarlo a la Agencia Tributaria para prevenir posibles malentendidos.

Si bien no existe ningún problema legal para hacer un préstamo entre familiares sin intereses, lo cierto es que eso no significa que se puedan dejar grandes cantidades de dinero sin informar a la Administración. Esto se debe a que son trámites sujetos al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, así que hay que liquidarlo a través del modelo 600.

Aunque es un trámite exento, es importante recordar que sigue siendo obligatorio liquidar el impuesto. De ignorarlo, Hacienda podría considerarlo una donación encubierta e iniciar una investigación, que podría desembocar en una sanción.

Para no tener ningún susto, es necesario formalizar el préstamo con un contrato en el que se recoja expresamente que no tiene intereses. De lo contrario, Hacienda podría obligar a tributar esos intereses al prestamista.

Después, se pasa a rellenar el modelo 600, que se corresponde al préstamo sin intereses a través del cual se liquida el tributo correspondiente. Se trata de un impuesto cedido a las autonomías, por lo que se cumplimentará el que corresponda según el territorio del domicilio de la persona que recibe el dinero.

Por tanto, la documentación necesaria es el contrato del préstamo, tanto el original como una fotocopia; el modelo 600; el DNI de las dos partes; y el justificante de la transferencia de la cantidad. Todo se llevará a la Oficina Liquidadora correspondiente y ya no habrá ningún problema con la Agencia Tributaria.

Una vez presentados los documentos, es necesario conservarlos. Finalmente, también habrá que guardar los justificantes que acrediten la devolución del préstamo.

Facebooktwitter
Sin comentarios

Lo sentimos, el formulario de comentarios está cerrado en este momento.