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Consumo prohibirá los anuncios para niños de bollos, zumos, bebidas energéticas o alimentos no saludables

Consumo prohibirá los anuncios para niños de bollos, zumos, bebidas energéticas o alimentos no saludables

En España, uno de cada tres niños y niñas de 8 a 16 años presenta obesidad o sobrepeso. Un 14,2% de la población infanto-juvenil padece esta problemática medida según el Índice de Masa Corporal (IMC) y un 24,5% presenta obesidad abdominal, según un estudio  de la Gasol Foundation del año 2019.

La prevalencia de obesidad infantil ha crecido en las dos últimas décadas: un 1,6% según IMC y un 8,3% según obesidad abdominal. Esgrimiendo datos tan alarmantes como esos, el ministerio de Consumo ha lanzado su última ofensiva contra la alimentación no saludable: prohibirá la publicidad para niños de bollería, refrescos energéticos, snacks, zumos o helados.

No se podrán emitir anuncios sobre estos productos en horario infantil en las televisiones, en canales infantiles, en generalistas cuando haya una elevada audiencia de menos de 16 años ni en redes sociales o plataformas digitales dirigidas a este sector de la población. Lo ha anunciado este jueves 28 de octubre el ministro Alberto Garzón.

La normativa se aprobará mediante decreto el próximo año. Según Garzón, el sistema de autorregulación que lleva vigente desde 2005 se ha mostrado “insuficiente”, tal y como muestran los datos de sobrepeso y obesidad que afectan a los niños y niñas españoles y de los que la publicidad es una de las causas.

Consumo así opta por un marco regulatorio mínimo para seguir las recomendaciones de los organismos internacionales y asimilar la normativa española a la de países como Reino Unido, Portugal o Noruega. “Los menores son personas consumidoras vulnerables y tenemos la obligación de protegerles frente a la publicidad”, ha señalado el ministro en una rueda de prensa junto a la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau.

Cómo será la norma

En su comparecencia, Garzón ha informado sobre algunos aspectos de la nueva normativa que afectará a los horarios de protección reforzada y a los espacios publicitarios de programas destinados al público infantil. Asimismo, regulará tanto televisión lineal como no lineal, contenidos radiofónicos, salas de cine y publicidad en internet, redes sociales, webs o app móviles, cuando los contenidos se dirijan a menores de 16 años.

La normativa incluirá también limitaciones en la publicidad de medios impresos. A partir de estas premisas, las empresas podrán tener su propia autorregulación siempre y cuando supongan un marco de protección superior al de la propia norma.

De otro lado, Consumo opta por fijar como criterio de medición los perfiles nutricionales establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS). Así, la normativa afectará a cinco categorías de productos que no podrán hacer publicidad a menores independientemente del contenido de nutrientes:

  • La primera categoría es la de productos de confitería de chocolate y azúcar, barritas energéticas y coberturas dulces y postres.
  • Le sigue el grupo de alimentos que incluye pasteles, galletas dulces y demás productos de pastelería.
  • Tampoco se podrán anunciar otras tres categorías que conforman los zumos, las bebidas energéticas y los helados.

Para el resto de categorías de productos, se establece un límite de contenido en nutrientes por cada 100 gramos. En este caso, se podrán anunciar siempre y cuando las grasas totales y saturadas, el azúcar total y añadido y los niveles de sal se mantengan por debajo de los límites establecidos cada producto.

Obesidad y sobrepeso infantil en España

El estudio ALADINO 2019 –relativo a niños y niñas de entre 6 y 9 años– refleja que un 40,6% tiene exceso de peso, de los que el 23,3% está en niveles de sobrepeso y el 17,3% sufre obesidad.

El estudio, elaborado por la Agencia Española de Nutrición y Seguridad Alimentaria (AESAN), muestra que los progenitores de los menores con exceso de peso –que incluye tanto a quienes tienen sobrepeso como a quienes tienen obesidad– no perciben el problema y frecuentemente consideran su peso como normal o sólo como ligero sobrepeso. El 88,6% de los padres de escolares con sobrepeso no lo perciben como tal. La cifra se sitúa en un 42,7% cuando se trata de obesidad y en el 19,1% cuando el niño o niña sufre obesidad severa.

Según las últimas encuestas nacionales de salud elaboradas por el Ministerio de Sanidad, el sobrepeso es mayor en niños que en niñas, y en menores de 2 a 4 años.

Excesivo azúcar en la dieta infantil

Según datos derivados de estudios propios del Ministerio de Consumo, a través de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), y de la Encuesta Nacional de Salud 2017, la población infantil y adolescente consume el 21,5% de la energía de la dieta en forma de azúcares totales (casi el 30% en el caso de los menores de tres años).

Las principales fuentes de azúcares totales son los alimentos procesados con alto contenido de este ingrediente, que aportan el 64,2% del azúcar total que se consume al día. El azúcar que contiene este grupo de alimentos es mayoritariamente libre y proveniente de zumos y néctares comerciales, yogures, postres lácteos y chocolates, que, entre todos, alcanzan el 30% del azúcar total de la dieta. Le siguen los preparados infantiles, galletas, bollería y cereales de desayuno, que aportan en torno a un 18%.

Esto supone que, en España, la población infantil y adolescente toma el 10,4% de la energía de la dieta en forma de azúcares libres. El 53,9% supera el límite del 10% establecido por la OMS, siendo del 12% en los niños y niñas de tres a nueve años, que son los que tomaban más energía a partir de azúcares. España supera así las recomendaciones más conservadoras de la OMS (10%), lejos del óptimo 5% de energía a partir de ingesta de azúcar.

El Estudio Aladino 2019, elaborado por la AESAN, indica que la prevalencia de consumo frecuente de alimentos y productos ricos en azúcares libres (cuatro o más veces por semana) es elevada. En cuanto a consumo de aperitivos dulces o comida rápida, el estudio señala que es mayor en aquellas familias con rentas más bajas, lo que indica que, entre otros motivos, la estructura social tiene un peso importante en los hábitos alimenticios y, en general, en los hábitos de salud.

Más frutas y hortalizas

Garzón ha señalado que, entre los objetivos de Consumo, está el de mejorar la salud y la alimentación de la sociedad española, especialmente de los menores. A su juicio, esto pasa por concienciar a los padres y madres de que el consumo de azúcar debe ser moderado, evitando los azúcares añadidos y priorizando los azúcares intrínsecos de las frutas y hortalizas.

En España, los menores y los jóvenes consumen diariamente frutas y hortalizas, pero en una cantidad muy alejada de lo recomendado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), que sitúa el objetivo en 400 gramos al día. Según la Encuesta Nacional de Salud de 2017, el 60,1% de la población de entre dos y 17 años consume frutas y hortalizas a diario, pero solo el 2,9% toma las cinco porciones al día recomendadas. Es decir, ni siquiera el 3% de los jóvenes alcanza la ingesta óptima de frutas y hortalizas, base fundamental de la dieta mediterránea.

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