Desde este sábado, en ningún establecimiento se podrán negar a cobrar en efectivo
Desde el pasado sábado todos los establecimientos del país tendrán que garantizar el pago en efectivo. Así figura en la modificación de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que impide negar esta posibilidad a los clientes.
En concreto, este sábado entra en vigor el artículo 82.4 del Real Decreto-ley 24/2021 del 2 de noviembre, que incluye el reconocimiento de infracciones y sanciones en materia de defensa de los consumidores. Según la nueva normativa, se multará a aquellos establecimientos que se nieguen a aceptar el dinero en efectivo como medio de pago dentro de los límites establecidos por la normativa tributaria y de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
¿Qué limites son estos? La ley antifraude aprobada en junio del año pasado limita los pagos en efectivo a 1.000 euros, una medida que no ha contado con el beneplácito de algunos organismos como el Banco Central Europeo (BCE), que calificó de «desproporcionada» esta limitación.
Multa para los establecimientos
Aquellos comercios que se nieguen a aceptar el dinero, se enfrentan a infracciones que pueden ser consideradas graves o muy graves, por lo que podrán acarrear multas de entre 150 y 10.000 euros.

