La Comisión Europea ha presentado una nueva propuesta de directiva sobre el Sistema de Garantía de Depósitos (SGD) europeo para modificar el actual, vigente desde 2014. El texto propone ampliar la protección de los depósitos de los particulares, al menos, hasta los 500.000 euros si tienen ahorro por una transacción inmobiliaria, como una venta, que hayan hecho con una residencia privada. No obstante, según el texto de la propuesta, que en la actualidad está en plazo de audiencia pública, solo se protegerá estos casos durante un plazo de seis meses desde la acreditación de haber recibido el importe por la transacción.

En la actualidad, tanto en España como en el resto de la Unión Europea, el Fondo de Garantía de Depósitos solo protege el dinero de los clientes en caso de caída de una entidad hasta los primeros 100.000 euros.

Por otro lado, la nueva propuesta también establece que se amplíe el plazo para que el Sistema de Garantía de Depósitos abone el dinero al perjudicado de 10 a 20 días laborables. «La fecha límite empieza a contarse a partir de la fecha en la que un Sistema de Garantía de Depósitos recibe la documentación completa que permite el examen de las reclamaciones y la verificación de las condiciones de reembolso», señala la propuesta de directiva.

En el caso de que el pago que tenga que realizarse al consumidor supere los 10.000 euros, la norma apunta que se reembolsará por «transferencia de crédito» en consonancia con los objetivos de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.

Por otro lado, hasta el momento, según la directiva de 2014, los Estados miembro podían decidir si las deudas que mantenía el depositante con la entidad financiera se debían tener en cuenta a la hora de calcular el importe que el Sistema de Garantía de Depósitos debe reembolsar al consumidor. Un punto que la nueva propuesta europea quiere suprimir por completo con el objetivo de «armonizar las normas de cálculo del importe reembolsable».

El texto también establece modificaciones en los casos en los que se deba reembolsar el dinero a los consumidores por procesos de liquidación o de resolución de un banco. El Sistema de Garantía de Depósitos podrá reclamar al acreedor el mismo importe que ha reembolsado a los afectados, crédito que se clasificará al mismo nivel de los depósitos en la directiva nacional de insolvencias. En estos casos, los depositantes cuyos depósitos no hayan sido reconocidos o reembolsados por el SGD tienen un plazo de hasta cinco años para reclamarlos.

Entidades externas a la UE

La directiva también plantea que los bancos que pertenezcan a países de fuera de la UE se tengan que adherir al Sistema de Garantía de Depósitos europeo si quieren captar dinero de los consumidores. La mayoría de las entidades de terceros países ya lo hacen, pero hay una minoría a la que se les permite la actividad porque tenían fondos de garantía equivalentes. Ahora, pretenden exigir el europeo.