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Fin a las llamadas spam de las eléctricas

Fin a las llamadas spam de las eléctricas

Contratar la luz por teléfono, cambiar de compañía o recibir una factura eléctrica será algo más seguro a partir de ahora. Con la entrada en vigor del Real Decreto 88/2026, publicado en febrero, se endurecen las normas para la contratación telefónica. Las compañías eléctricas ya no podrán realizar llamadas comerciales no solicitadas a particulares para ofrecer contratos de suministro.

Además, otra de las novedades que se introducen es que, cuando una contratación se cierre por teléfono, la conversación deberá quedar grabada íntegramente y el consumidor tendrá derecho a solicitar una copia. Además, también se limita la capacidad de las comercializadoras para modificar unilateralmente las condiciones de los contratos.

Si una empresa quiere cambiar precios o cualquier otra condición pactada, deberá comunicarlo al cliente con al menos un mes de antelación y de forma separada de la factura. El consumidor podrá rescindir el contrato sin coste si no está de acuerdo con las nuevas condiciones.

Otra de las medidas busca facilitar la comparación entre ofertas. Antes de contratar, las compañías estarán obligadas a entregar un documento independiente del contrato en el que se recojan de forma clara aspectos esenciales como el precio, la duración del acuerdo, las posibles penalizaciones, las condiciones de renovación o las vías de reclamación disponibles.

También se introducen cambios en la facturación: como regla general, los consumidores recibirán facturas mensuales basadas en lecturas reales del contador, con el objetivo de facilitar el seguimiento del consumo y evitar las estimaciones.

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