La DGT cambia la normativa sobre autocaravanas y furgonetas camperizadas
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha publicado la nueva Instrucción PROT 2026/04, que actualiza la normativa sobre autocaravanas para ajustar los procedimientos de inspección técnica, clarificar las condiciones de uso en vías urbanas e integrar las novedades en señalización.
Una de las modificaciones principales afecta a los plazos de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), que se han diferenciado según la categoría del vehículo. En el caso de las autocaravanas (categoría M), estas están exentas de inspección hasta los 4 años de antigüedad, deben realizarla de forma bienal entre los 4 y los 10 años, y de forma anual una vez superados los 10 años. Circular con la ITV caducada supone una multa de 200 euros, con reducción del 50% por pronto pago. Por otro lado, circular con defectos graves detectados en la ITV: supone una sanción de 200 euros.
En el ámbito urbano, la instrucción ratifica que las autocaravanas pueden realizar maniobras de parada y estacionamiento bajo las mismas condiciones y limitaciones que cualquier otro vehículo. No obstante, se subraya la capacidad de los Ayuntamientos para regular, mediante ordenanzas municipales, los tiempos de estacionamiento y la prohibición de acampar.
Por último, el Catálogo de Señales verticales de circulación recoge en su última actualización publicada en 2025, la nueva señal S-128 ‘Punto de vaciado de caravanas y autocaravanas’ que indica la situación de un punto de vaciado de aguas residuales para este tipo de vehículos.

