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Los patinetes eléctricos deberán tener un seguro obligatorio a corto plazo

Los patinetes eléctricos deberán tener un seguro obligatorio a corto plazo

Todos los usuarios de patinetes eléctricos deberán disponer muy pronto, antes de que comience el año 2026, de un seguro obligatorio para poder utilizar este vehículo de movilidad personal. A pesar de que ya desde hace tiempo existen seguros específicos para los VMP (como es el caso de los patinetes) hasta el momento no ha sido obligatoria su contratación. Pero, en el camino por elaborar un marco legal de responsabilidades para quienes tienen uno (y, sobre todo, con la idea de proteger los derechos de los peatones y del resto de usuarios de medios de transporte) se ha decidido dar los pasos para hacer obligatorio este seguro.

Dicho seguro se ocupa principalmente de cubrir la responsabilidad civil, es decir, de las indemnizaciones por los daños que pueden producirse a terceros mientras se está haciendo uso del vehículo, pero también puede disponer de otras garantías. Por ejemplo, la responsabilidad civil ampliada, la defensa jurídica o la cobertura de los daños provocados por los objetos transportados en el patinete o los que éstos pueden sufrir.

De momento únicamente se ha redactado un anteproyecto de ley, que aún debe ser llevado al congreso para su tramitación parlamentaria. Pero se estima que esta medida seguirá adelante y acabará entrando en vigor en poco tiempo: las previsiones indican que se hará efectiva antes de 2026. En el anteproyecto, además, se ha definido el concepto de vehículo personal ligero, que es todo aquel dispositivo a motor que alcance una velocidad máxima de entre seis y 25 kilómetros por hora si su peso es menor de 25 kilos y de entre seis y 14 kilómetros por hora si su peso es superior. Esto significa en la práctica que ni los patinetes eléctricos ni otros vehículos de movilidad personal podrán exceder los 25 kilómetros por hora, con lo que se limita su velocidad para permitírseles circular.

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