Muchas comunidades de propietarios deberán adaptar su ascensor por esta nueva normativa
Una nueva norma ha introducido cambios en uno de los elementos más presentes en las comunidades de propietarios: el ascensor. El marco legal es el Real Decreto 355/2024, que aprueba la instrucción técnica ITC AEM 1, publicada en el BOE. Esta norma regula la puesta en servicio, mantenimiento e inspección de los ascensores y refuerza las exigencias de seguridad en todo el parque existente.
Esta norma no obliga a cambiar todos los ascensores existentes a día de hoy pero sí establece que deberán adaptarse cuando no cumplan los nuevos requisitos técnicos. Es decir, el cambio será progresivo, pero en la práctica afectará a una parte importante de los ascensores actuales, especialmente los más antiguos.
Esta norma introduce varias mejoras en cuanto a la seguridad de los ascensores, fundamentalmente en los sistemas de seguridad de sus puertas, en la comunicación bidireccional en la cabina, en las medidas frente a movimientos incontrolados y en la introducción de una mayor precisión en la nivelación de la parada.
Si un ascensor no cumple estos requisitos, la comunidad estará obligada a adaptarlo para poder seguir utilizándolo. El coste dependerá del estado del equipo, pero las intervenciones pueden suponer varios miles de euros por comunidad, especialmente en edificios antiguos, donde se podrían alcanzar los 40.000 euros, según estimaciones del sector.
La norma también refuerza las obligaciones legales de las comunidades, que pasan a tener un papel más activo. Entre otras cuestiones, deberán garantizar el mantenimiento, conservar la documentación técnica y atender las inspecciones reglamentarias.

