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¿Puede el banco cambiar las condiciones de la cuenta sin avisar?

¿Puede el banco cambiar las condiciones de la cuenta sin avisar?

Tal y como explica el Banco de España, las entidades financieras pueden modificarlas, aunque deben hacerlo respetando una serie de normas destinadas a proteger al cliente. Cuando la modificación beneficia al cliente, por ejemplo, si se reducen o eliminan comisiones, el banco puede aplicarla de inmediato. En estos casos, basta con informar después de que el cambio ya esté en marcha.

Sin embargo, cuando las nuevas condiciones no son favorables o generan un perjuicio, la normativa exige más garantías. El cliente debe ser avisado con al menos dos meses de antelación, algo habitual en situaciones como el aumento de la comisión de mantenimiento. Ese margen de tiempo permite decidir si se aceptan las nuevas condiciones o si conviene buscar alternativas.

En muchas comunicaciones, las entidades advierten de que si el cliente no responde, se entenderá que acepta los cambios. Es lo que se conoce como aceptación tácita, una práctica legal pero condicionada. Para que sea válida, debe estar prevista en el contrato y, además, el cliente debe poder cancelar la cuenta sin coste siempre que lleve abierta al menos seis meses. 

Sin embargo, no todas las cuentas están sujetas a estas reglas. Existe una excepción importante: aquellas utilizadas exclusivamente para pagar la cuota de un préstamo. En estos casos, consideradas cuentas instrumentales, las condiciones deben mantenerse sin cambios mientras el préstamo siga vigente.

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