¿Qué derechos tenemos los consumidores en las reparaciones de aparatos de uso doméstico?
El Real Decreto 58/1988, de 29 de enero, sobre protección de los derechos del consumidor en el servicio de reparación de aparatos de uso doméstico, regula aspectos fundamentales para los consumidores como son el derecho a un presupuesto previos a la reparación, el deber de que todas las piezas de repuesto deben ser nuevas, el derecho a recibir factura o la garantía inherente a la reparación.
Por ejemplo, esta norma indica que todo usuario o quién actúe en su nombre tiene derecho a un presupuesto previo escrito. Este presupuesto tendrá una validez mínima de treinta días. Además, los precios presupuestados para piezas de repuesto deberán corresponder con los precios de venta al público de las mismas. A falta de éstos, deberán corresponder, como máximo, con los precios de venta al público, aplicados usualmente por los talleres del ramo.
En cuanto a las piezas de repuesto, todas las que se utilicen en las reparaciones deberán ser nuevas, excepto si el usuario da su consentimiento por escrito para que se utilicen piezas de repuesto usadas o recuperadas o no originales, éstas estén en perfectas condiciones de uso para el que van destinadas y a precio más bajo de las nuevas si existieran en el mercado.
Por otro lado y en este mismo sentido, el servicio de asistencia técnica que efectúe la reparación, está obligado a ofrecer al usuario y a entregarle, al término de la misma, si así lo desea, las piezas de repuesto que hayan sido sustituidas, siempre que la reparación no esté amparada por la garantía del aparato.
Igualmente todos los servicios de asistencia técnica están obligados a entregar al usuario factura, en la que se detallarán las operaciones realizadas, las piezas de repuesto utilizadas y el tiempo de mano de obra empleado, con expresión de sus respectivos importes.
Finalmente, hay que saber que todas las reparaciones o instalaciones efectuadas en cualquier servicio de asistencia técnica, quedarán garantizadas con la garantía que otorgue el servicio de asistencia técnica al respecto, que tendrá un período de validez mínimo de tres meses.

