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Se deroga el Decreto de prórroga de los alquileres

Se deroga el Decreto de prórroga de los alquileres

El Congreso de los Diputados no ha convalidado el Real Decreto Ley que prorrogaba de manera extraordinaria la duración de los contratos de alquiler de vivienda habitual. Este Decreto estaba en vigor desde su aprobación en el Consejo de Ministros y posterior publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), esto es desde el 20 de marzo.

La primera medida que decae es la posibilidad de prorrogar hasta dos años adicionales los contratos de alquiler de vivienda habitual que vencieran entre el 20 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027. Por lo tanto, sin la convalidación del Decreto, los contratos que finalicen después de este martes, 28 de abril, ya no podrán acogerse a esta extensión extraordinaria.

Otra de las medidas que ha sido derogada es la limitación del incremento anual de la renta al 2% como máximo.  Por lo tanto, no hay un tope para la subida de la renta del alquiler y el propietario podrá incrementar la renta anual en función de las condiciones que queden fijadas en el contrato.

Si el contrato fue suscrito después del 26 de mayo de 2023, la actualización anual del precio del alquiler se rige por el Índice de Referencia de Alquileres de Vivienda (IRAV) publicado mensualmente por el INE. Por su parte, los contratos firmados antes de la entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la Vivienda, es decir, antes de mayo de 2023, seguirán actualizando su renta anual con el dato del IPC o del Índice de Garantía de Competitividad, según conste en el contrato de alquiler firmado.

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