¿Sin azúcar añadido o con azúcar escondido?
Seguro que más de una vez nos hemos dejado seducir por la etiqueta de los alimentos “sin azúcar añadido”, pensando que si no lleva azúcar no le puede ir mal a nuestra dieta… pues sentimos quitaros esta ilusión, pero que un alimento lleve la etiqueta “sin azúcar añadido” no quiere decir que esté libre de azúcar y muchísimo menos que sea un alimento saludable. En este sentido, podemos identificar que los azúcares están presentes en los alimentos cuando leemos la lista de ingredientes de sus etiquetas. En la lista de ingredientes el azúcar añadido se puede identificar como “azúcar” y “azúcar moreno”, pero esto no se queda aquí. También puede aparecer como glucosa, sacarosa, dextrosa, dextrosa anhidra, cristal de dextrosa, etc…
Por suerte, cada vez somos más conscientes del poco bien que hace el azúcar a nuestra salud, pero esto también es aprovechado por las marcas de la industria alimentaria que cada vez se esfuerzan más en tratar de enmascarar el exceso de azúcar que llevan sus productos. No hace falta más que darnos una vuelta por el supermercado que tengamos cerca de casa para ver que los alimentos “sin azúcar añadido” campan a sus anchas en las estanterías. Pero no te dejes engañar, la etiqueta sin azúcar añadido no quiere decir que estés delante de un alimento saludable, bajo en calorías y en azúcares.
Un ejemplo bastante claro y recurrente es el de los zumos sin azúcares añadidos. En este sentido, una botella de 1 litro de zumo “sin azúcar añadido” puede llevar perfectamente entre 60 y 100 gramos de azúcar, o lo que es lo mismo, entre 20 y 30 cucharadas de azúcar. Algo que parece una auténtica barbaridad a simple vista ¿no crees? Pues bien, para analizar el alcance que estas alegaciones tienen en nuestro día a día, nuestros técnicos se han puesto manos a la obra, se han perdido por los pasillos de algunos supermercados y han decidido sacar la lupa para analizar la etiqueta de ingredientes de este tipo de alimentos. Los resultados, adelantamos, han confirmado una vez más lo importante que, para los consumidores, es estar perfectamente informados y no caer en informaciones imprecisas que inducen a errores de interpretación en más ocasiones de las que nos gustaría.
Azúcar intrínseco frente a azúcar libre
Para poder entender bien el concepto de azúcar añadido, primero debemos saber las diferencias entre el azúcar intrínseco que nos encontramos en los alimentos y el azúcar libre, lo que supone poner sobre la mesa un nuevo rompecabezas.
Los azúcares intrínsecos se definen como los que ya van incorporados en la propia estructura del alimento. Por ejemplo, la naranja que lleva azúcar por cortesía del naranjo. Estos azúcares, que van de forma natural en algunos alimentos, no suponen un problema para nuestra salud.
Frente a estos, tenemos los azúcares libres, que no van en la matriz del alimento como los intrínsecos, sino disueltos en ella. Sucede con los de los zumos o los de la miel, y todos los siropes y jarabes, incluido el de agave o de arce. En el grupo de los azúcares libres se incluyen, además, los que añaden los fabricantes a los alimentos, es decir, los temidos azúcares añadidos. Los azúcares libres son precisamente los que causan preocupación debido a sus posibles efectos adversos sobre la salud.
Por acercarnos un poco a la realidad y hablando a niveles generales, la Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda reducir la ingesta de azúcares libres a menos del 10% de la ingesta calórica total tanto en adultos como en niños, no debiéndose sobrepasar los 25 gramos de consumo diarios. Algo que cada vez se antoja más complicado a pesar de los muchos intentos por parte de la Administración para frenar el consumo de alimentos con este tipo de ingredientes que, por lo que se ve, todavía no son suficientes. Muestra de ello son las previsiones de que el mercado de alimentos y bebidas sin azúcar crecerá un 9,18% interanual en 2023, y será la demanda de edulcorantes de origen natural la que impulsará el crecimiento, con base en un informe de Technavio, empresa líder en investigación y asesoría de mercados con cobertura global.
Pero más nos asustan los datos relacionados con nuestros más pequeños, ya que según un estudio observacional realizado por investigadores del Instituto de Nutrición y Tecnología de los Alimentos ‘José Mataix Verdú’, de la Universidad de Granada, que ha sido publicado en la revista norteamericana Nutrients, los niños españoles consumen al día más del doble de azúcares añadidos de las recomendaciones que realiza la Organización Mundial de la Salud: 55,7 gramos/día, muy por encima del máximo de 25 gramos/día que recomienda la OMS.
Regulación normativa ¿insuficiente?
Con la intención de aclarar un poco el galimatías de identificar el azúcar de los alimentos, en 2006 se publica un Reglamento Europeo para establecer las declaraciones nutricionales que pueden contener los alimentos. Posteriormente, en 2011 se completa con un viejo conocido del que ya hablábamos en nuestro informe de alimentos “no tan naturales”: El Reglamento Europeo Reglamento (UE) 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor. Con este Reglamento, se intenta buscar una mayor transparencia respecto a esta problemática, ya que el fabricante solo podrá poner ‘sin azúcares’ si el alimento no lleva más de 0,5 gramos de azúcares por 100 gramos o 100 mililitros de producto. Tampoco puede llevar miel o jugos de frutas como endulzantes si quiere acogerse a la etiqueta de ‘sin azúcares’. Por último, si el alimento contiene azúcares de forma natural, hay que hacerlo constar con la frase “contiene azúcares naturalmente presentes”.
En dicha normativa y más concretamente en su artículo séptimo sobre prácticas informativas leales, se establece un precepto clave sobre el que debe asentarse la importancia del estudio que hemos llevado a acabo y es que la información alimentaria no debe inducir a error sobre las características del alimento y, en particular, sobre la naturaleza, identidad, cualidades o composición del mismo, bien atribuyendo al alimento efectos o propiedades que no posee, o bien al insinuar que el alimento posee características especiales, cuando, en realidad, todos los alimentos similares poseen esas mismas características.
Muy a nuestro pesar, actualmente existen pocas leyes que pongan coto a este tipo de engaños que cada vez se encuentran más a la orden del día. Y aquí llegamos al quid de la cuestión: ¿Realmente estos términos en algunos alimentos inducen a error a los consumidores? Vamos a comprobarlo.
Que no te endulcen los oídos
La definición de “sin azúcares añadidos” es más compleja de lo que podemos llegar a creer. Solo podrá utilizarse si no se ha añadido al producto ningún monosacárido ni disacárido, ni ningún alimento utilizado por sus propiedades edulcorantes. Además, si el producto “contiene azúcares naturalmente presentes”, tal y como decíamos antes, debe incluirse esta frase en el etiquetado.
Por lo tanto, endulzar un alimento con concentrados, batidos, zumos o purés de fruta fresca o desecada, como los dátiles, aporta azúcares libres. Además, puesto que se emplean estos alimentos por sus propiedades edulcorantes, no puede indicarse “sin azúcares añadidos” y los fabricantes utilizan en los productos “sin azúcares añadidos” edulcorantes como el maltitol o el esteviol, glucósido derivado de la Stevia, entre otros, siendo una total contradicción con la legislación europea.
Todo esto está muy bien, pero hablemos con hechos. No necesitamos dar muchas vueltas por nuestro supermercado de confianza para toparnos con el primer ejemplo y no es otro que una tableta de chocolate negro 92% sin azúcar añadido Valor sin gluten 100 g. Le damos la vuelta a la tableta para ver sus ingredientes y nos encontramos con pasta de cacao, cacao desgrasado en polvo, edulcorante: maltitol, manteca de cacao, emulgente: lecitina de soja, edulcorante: glucósidos de esteviol (0,003%)*. Puede contener trazas de almendra, avellana y leche. Pero, un momento… ¿maltitol? ¿glucósidos de esteviol? ¿No habíamos quedado en que solo podía usarse el término “sin azúcar añadido” si no se ha añadido al producto ningún monosacárido ni disacárido, ni ningún alimento utilizado por sus propiedades edulcorantes? Pues parece que en la práctica es una realidad bien distinta.
Y, como se suele decir, sigamos para bingo: Galletas María sin sal y sin azúcares añadidos Carrefour Classic sin aceite de palma 600 g, pero con Harina de trigo (51,5%), fibra vegetal, aceite de girasol alto oleico, edulcorante (maltitol), semillas de sésamo, salvado de trigo (3,5%), harina de soja, gasificantes (carbonato ácido de potasio y carbonato ácido de amonio), proteína de soja, emulgente (lecitina de soja), germen de trigo (0,2%), semillas de linaza, antioxidante (metabisulfito potásico) y aroma. Puede contener trazas de leche. *Contiene azúcares naturalmente presentes. Otra vez nos encontramos con nuestro amigo el maltitol, aunque en este caso al menos sí se ha cumplido con la afirmación obligatoria del contenido en azúcar naturalmente presente.
A continuación, vamos con un clásico en las despensas de muchos consumidores: el famoso Cola Cao. Más concretamente el Cola Cao sin azúcar añadido 325 g. Su lista de ingredientes es: Cacao desgrasado natural (42%), maltodextrina, crema de cereal kola-malteado [harina de trigo, extracto de malta de cebada, aroma natural (extracto de nuez de cola)], fibra, sales minerales (calcio, fósforo), emulgente (lecitina de girasol), antiaglomerante (fosfato tricálcico), aromas, edulcorantes (acesulfamo K, sucralosa), sal. Aquí nos encontramos con nuevos términos que no habíamos visto hasta ahora, el acesulfamo k y la sucralosa. También la maltodextrina que es un polisacárido que se utiliza como un azúcar artificial. Hablando en
nuestro idioma, ingredientes similares al maltitol, edulcorantes artificiales utilizados como sustitutivos del azúcar, pero sin dejar de ser edulcorantes claro y no por ello, más saludables.
Lamentablemente, ni el agua se libra de esto. Así, nos hemos topado de lleno con el agua mineral Carrefour con zumo de limón zero sin azúcares añadidos 1,5 l. Cómo íbamos a pensar que el agua iba a tener algún tipo de edulcorante ¿verdad? Pues atentos. Entre sus ingredientes encontramos de nuevo edulcorantes como el acesulfamo-k y la sucralosa. Sin duda, lo más saludable va a ser siempre optar por beber agua mineral sin ningún tipo de sabor.
Seguimos con nuestra investigación y nos encontramos con una salsa que todos conocemos: el Kétchup. Específicamente el Ketchup sin azúcar añadido Cero Prima sin gluten envase 265 g cuyos ingredientes son: Tomate (176 g. por cada 100 g. de salsa), vinagre, sal, fibra vegetal, estabilizantes (goma guar y goma garrofín), aroma, edulcorante (sucralosa) y conservadores (sorbato potásico y benzoato sódico). Contiene azúcares presentes en el tomate. Por aquí hay algo que nos suena ¿verdad? Efectivamente, de nuevo la sucralosa haciendo de las suyas.
Siguiendo con nuestro paseo, cuando aún no hemos salido del pasillo de las salsas, nos encontramos con las confituras y mermeladas donde damos con otro claro ejemplo, la Confitura cerezas sin azucares añadidos Diet Hero 280 g. ¿Ingredientes? Pues cereza negra y zumo de cereza a partir de concentrado, agua, edulcorantes (jarabe de sorbitol, glucósidos de esteviol, sucralosa y acesulfamo k), gelificante (pectina y cloruro cálcico), acidulante (ácido cítrico) y conservador (sorbato potásico). Elaborado con 50g de fruta por 100g. Aquí nos encontramos con una cantidad bastante alta de edulcorantes artificiales como son el jarabe de sorbitol, glucósidos de esteviol, sucralosa y acesulfamo k, que hacen que ya no tenga mucho sentido el apellido “sin azúcar añadido”. Al menos en este caso han tenido la deferencia de no poner “sin edulcorantes”.
Como vemos, la lista de alimentos con estas alegaciones es interminable. Pero esto no quiere decir que no haya algunos en los que consideramos que sí se cumple con la normativa europea y que no inducen a engaño al consumidor y, por supuesto, también vamos a ponerlos en valor para que sirva como precedente. Por ejemplo, el Tomate frito sin azúcares añadidos contenido reducido en sal Carrefour tarro 550 g. Su lista de ingredientes es mucho más corta que las anteriores, siendo estos los siguientes: Tomate (140g para elaborar 100g de producto), aceite de girasol, almidón modificado de maíz, verduras (cebolla y ajo), sal y acidulante: ácido cítrico. Como vemos, nada de maltritol, ni de jarabe de sorbitol, ni de sucralosa o sucedáneos.
Por otro lado, también hemos encontrado el Zumo de naranja sin azucares añadidos ni edulcorantes Granini botella 1 l. Otra vez con una lista muy corta de ingredientes: Zumo de naranja a partir de concentrado, agua, pulpa de naranja, vitamina C y aroma natural. Y otra vez, claro ejemplo de un alimento que sí cumple con lo que dice en su etiquetado.
Como decíamos, esto solo son pequeños ejemplos de la cantidad de alimentos que se pueden encontrar hoy en día expuestos de venta al consumidor. Como podemos ver, en todos ellos hay un elemento común: Las alegaciones “sin azúcar añadido”.
Sin embargo, la realidad de estas alegaciones en los productos analizados y expuestos nos deja un sabor amargo pues entendemos que son términos que pueden inducir al error en los consumidores y por tanto, constituyen un engaño manifiesto al atribuirse valores irreales y crearnos una concepción equívoca de la realidad.
¡Basta ya de trampas!
Hemos analizado los ingredientes de muchos alimentos en este estudio y vale, estamos de acuerdo en que no contienen azúcar propiamente dicho, intrínseco, pero el azúcar libre y, por ende, los edulcorantes artificiales, campan a sus anchas en las etiquetas.
Entendemos que ha quedado suficientemente claro que no por el hecho de ir acompañado del apellido “sin azúcar añadido” un alimento es más saludable o sus alegaciones son totalmente ciertas. Por este motivo, para que el consumidor pueda acceder a una información de calidad y para que sus derechos e intereses cuenten con un paraguas legal, se hace tan necesario e importante la elaboración y posterior entrada en vigor de una legislación que abarque de manera explícita toda la temática expuesta en este artículo, de manera tal que el uso de este tipo de terminología en algunos alimentos, no continúe siendo otra forma de engañar al consumidor.
El principal problema es que, con la normativa aplicable, se le permite a la industria hacer trampas para añadir azúcares sin tener que declararlos con la palabra “azúcar” en el listado de ingredientes. Para ello, se añaden al alimento componentes o ingredientes endulzantes que llevan azúcar, y simplemente se suman esos azúcares al porcentaje de la tabla nutricional que aparece en el etiquetado. Por ejemplo, el zumo añadido a un alimento (que no es azúcar propiamente, pero tiene azúcar).
En este, como en muchos otros casos, la industria cumple la ley pero la normativa permite prácticas que inducen a error. Lo que exige la legislación para hacer esa declaración nutricional de “sin azúcares añadidos” no coincide con lo que espera o entiende el consumidor. Por tanto, no se trata de un engaño porque las empresas actúan dentro de la legalidad pero, sin duda, los límites que marca la normativa deberían ser más estrechos.