Competencia impone medidas a varias eléctricas para evitar errores en los cambios de contratos de luz
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha dado un tirón de orejas a cuatro compañías eléctricas, Endesa, Naturgy, Iberdrola y Holaluz, por cambiar los contratos de algunos clientes sin su consentimiento y les ha enviado un requerimiento para que tomen medidas y eviten esas prácticas.
En concreto, el regulador se refiere a los cambios que se producen por la selección errónea del código unificado del punto de suministro, el CUPS, algo así con el DNI del contrato de electricidad, durante el proceso de formalización del acuerdo. Con ello, «de forma ajena a su voluntad, el consumidor no contrata el suministro en su punto de consumo, sino que se le vincula a un CUPS ajeno». Por tanto, se le factura por un consumo que no es el suyo. Las consecuencias, en función del tipo de contrato, pueden ser la doble facturación, pues podría seguir recibiendo el recibo de su antiguo comercializador (dado que el cambio no fue efectivo) y también la del punto de suministro que se le ha asignado erróneamente en el nuevo el contrato. También puede ocurrir que se quede sin suministro para el lugar que desea y que le corten la luz. Lo mismo le puede pasar al consumidor que no pidió cambio alguno, pero que se utiliza su CUPS para otro cliente, pues deja de ser suministrado por su comercializador vigente y el contrato deja de ser efectivo.
Según la resolución hecha pública por la CNMC, la problemática estalló ya en el 2021 y se agudizó el año pasado. Así, el regulador anotó en ambos ejercicios un fuerte incremento de las denuncias enviadas por los consumidores contra las empresas por contrataciones sin consentimiento. En el 2020 recibió 172, que se convirtieron en 270 al año siguiente y en 232 solo durante el primer semestre del 2022. La mayor parte de estos cambios se produjeron de forma fraudulenta, es decir, con engaños al consumidor, pero también se anotaron varias por el cruce de CUPS. Ese fue el motivo del 15 % de las denuncias recibidas en el 2020, el 33 % al año siguiente y el 29 % durante la primera mitad del 2022.
Además de estos datos, Competencia se dio cuenta de que buena parte de las quejas estaban protagonizadas por las mismas compañías, «lo que denotaría una falta de diligencia». Así, el 28 de noviembre pasado, la Dirección de Energía de Competencia abrió un procedimiento para resolver esas anomalías y comunicó ese acuerdo a las cuatro compañías que más casos acumulaban. El regulador les impone medidas para reducir la probabilidad de asignación errónea del CUPS, entre ellas que se especifique con claridad el titular, la dirección del punto de suministro y el CUPS, tanto si la contratación es telefónica como presencial o por Internet, entre otras.
Durante el período de audiencia, las comercializadoras pidieron que se extendieran las medidas a todas las compañías, pues se trata de errores en los que no solo incurrieron las cuatro analizadas, entre otros argumentos.
Ese incremento en las quejas recibidas por los cambios de contrato sin consentimiento se produjo en unos años en los que se registraron mucho movimiento entre la clientela de las compañías eléctricas, como consecuencia del fuerte incremento de los precios de la luz. Así, la CNMC explica que se registró un «incremento muy relevante» en el número de cambios de comercializador, especialmente de consumidores que tenían contratada la tarifa regulada (la más expuesta a las subidas de precios mayoristas de la electricidad) hacia las ofertas más estables del mercado libre. El regulador expone que durante los años 2018, 2019 y 2020 se produjo una media de 3,3 millones de cambios al año, pero durante el 2021 fueron unos cinco millones y en el 2022, unos 6,5 millones. «El mayor movimiento en el mercado minorista ha ido acompañado, en ocasiones, de algunas prácticas a la hora de la captación de los clientes que es posible mejorar», concluye Competencia.