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Ayuda del bono social en la factura de la luz: requisitos y cómo solicitar

Ayuda del bono social en la factura de la luz: requisitos y cómo solicitar

El bono social de electricidad es un descuento que se aplica directamente en la factura de la luz a las personas que cumplen los requisitos y lo solicitan. En Aragón, 37.985 personas se benefician del bono social, según los últimos datos de Endesa, a 19 de octubre. El 66,6% lo han obtenido porque cumplen los criterios de renta, el 27% se trata de familias numerosas, un 5% son pensionistas y el 1% cobran el Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Sin embargo, desde organizaciones que asesoran a colectivos vulnerables se alerta de que el 69% de las personas que tendrían derecho a esta rebaja no la están cobrando por desconocimiento o la dificultad para reunir la documentación. Entre el papeleo se solicita el certificado de empadronamiento, la fe de vida, estado civil, los miembros de la unidad de convivencia o sus ingresos.

Los descuentos varían en función de que se trate de un consumidor vulnerable, vulnerable severo, en riesgo de exclusión social o que se tenga derecho al llamado bono social de justicia energética, el último creado.

1. Solo con la tarifa regulada del Gobierno

Existen distintas categorías de bono social, pero para acceder a cualquiera de ellas es necesario que el cliente tenga contratada la tarifa regulada del Gobierno, el Precio de Voluntario del Pequeño Consumidor (PVPC). A esta solo se puede acceder si se firmó el contrato con las compañías comercializadoras autorizadas por el Gobierno para ofrece el PVPC.

Si el cliente nunca se ha cambiado de compañía eléctrica, lo habitual es que pague la tarifa regulada. Se debe revisar la factura para ver si en el tipo de tarifa aparece la PVPC. Si consigue el bono social y cambia a una de las numerosas compañías que se publicitan en el mercado libre perderá los descuentos. 

2. Requisitos del bono social para el consumidor vulnerable

Si el usuario es un consumidor vulnerable tiene derecho a un 25% de descuento en la factura, que actualmente se ha elevado hasta el 65% por las medidas del llamado ‘escudo social’ del Gobierno frente a las consecuencias económicas de la crisis del coronavirus y la guerra en Ucrania. Este descuento ampliado está previsto, si no hay prórroga, hasta el 31 de diciembre de 2023. 

Para poder acogerse a esta rebaja el consumidor debe cumplir alguno de los siguientes requisitos que regula el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico:

-Que su renta o la renta conjunta anual de la unidad de convivencia a que pertenezca sea ≤ 12.750 euros (1,5 x IPREM de 14 pagas). Cuando la unidad de convivencia esté formada por más de una persona, el multiplicador de renta respecto al índice IPREM de 14 pagas (8.400 euros) se incrementará en 0,3 por cada miembro adicional mayor de edad que conforme la unidad de convivencia y 0,5 por cada menor de edad de la unidad de convivencia.

-O que se esté en posesión del título de familia numerosa.

-O que el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad de convivencia sean pensionistas del Sistema de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente), percibiendo por ello la cuantía mínima vigente en cada momento, para dichas clases de pensión, y no percibir otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.

-O bien que el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital conforme a lo establecido en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece esta renta.

3. Consumidor vulnerable severo

Si el usuario se incluye en la categoría de consumidor vulnerable severo tendrá derecho a un 40% de descuento en el recibo de la luz, un porcentaje que actualmente se eleva hasta el 80% de forma temporal, hasta el 31 de diciembre de 2023. Para solicitarlo debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:

-Percibir una renta anual menor o igual al 50% de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable, incluyendo, en su caso, el incremento previsto para los casos en los que concurran las «circunstancias especiales».

-Si posee el título de familia numerosa, la unidad de convivencia debe percibir una renta anual menor o igual de 16.800 euros (2 x IPREM de 14 pagas).

-Si el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad de convivencia perciben pensión mínima, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros, el consumidor o la unidad de convivencia a la que pertenezca debe percibir una renta anual igual o inferior a 8.400 euros (IPREM de 14 pagas).

-Si el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia es beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (IMV), se aplicarán los criterios de renta definidos en el primer punto.

4. Consumidor en riesgo de exclusión social

En la categoría de consumidor en riesgo de exclusión social se incluye a quienes cumplen los requisitos para ser considerado vulnerable severo y, además, ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien al menos el 50% del importe de su factura a PVPC. En caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.

5. Bono social de justicia energética

Los beneficiarios se pueden aplicar un descuento del 40% sobre la tarifa regulada (PVPC). Tienen derecho a percibirlo los hogares con bajos ingresos particularmente afectados por la crisis energética. Se aplica solo hasta el 31 de diciembre de 2023.

Entre los requisitos de renta figura que los ingresos del titular, o en caso de formar parte de una unidad de convivencia, la renta conjunta anual de la unidad de convivencia a la que pertenezca, sea igual o inferior a 16.800 euros (2 veces el IPREM de 14 pagas) y superior a 12.600 euros (1,5 veces el IPREM de 14 pagas).

Cuando la unidad de convivencia esté formada por más de una persona, aumenta el límite de renta. El multiplicador respecto al índice IPREM de 14 pagas se incrementará en 0,3 por cada miembro adicional mayor de edad que conforme la unidad de convivencia y 0,5 por cada menor de edad de la unidad de convivencia.

Desde el citado ministerio se recuerdan otras ventajas del bono social como que los beneficiarios están más protegidos en caso de no poder pagar las facturas de la luz. Si pasan cuatro meses desde la primera notificación de impago se les aplicará el Suministro Vital (SV) durante seis meses, tras el cual se podrá cortar el suministro, frente al plazo general de dos meses desde la primera notificación de impago que se aplica al resto de consumidores. No se podrá cortar la luz tampoco si reside al menos un menor de 16 años, una persona con discapacidad igual o superior al 33% o grado de dependencia II o III, previo certificado de servicios sociales. 

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