¿Cómo pido el borrador de la Declaración de la Renta?
El 7 de abril se abrió el plazo para presentar la Declaración de la Renta del ejercicio fiscal de 2020. Millones de españoles están llamados a ajustar cuentas con Hacienda hasta el 30 de junio y, para facilitarles el trámite, la Agencia Tributaria (AEAT) ha puesto a disposición de todos los contribuyentes, sea cual sea la naturaleza de sus rentas, un borrador de la Declaración. Se puede consultar y confirmar tanto por la web de Hacienda como por su aplicación, aunque, si se tienen que modificar datos o añadir información, la gestión se tendrá que hacer a través de la web. ¿Cómo podemos descargar el borrador de la Declaración de la Renta 2020?
Los contribuyentes pueden usar tres métodos distintos para identificarse en la sede electrónica de la Agencia Tributaria y solicitar el borrador de la Declaración de la Renta: un certificado digital o el DNI electrónico; el sistema Cl@ve PIN; y un número de referencia. Para descargar el borrador por la app oficial del organismo solo son válidos el número de referencia y el sistema Cl@ve.
1. Certificado o DNI electrónico
Si se dispone de un certificado o DNI electrónico, solo hay que acudir a la página web de la Agencia Tributaria, entrar en el espacio dedicado a la Declaración de la Renta de 2020 y, luego, acceder al servicio de tramitación del borrador (Renta WEB). Finalmente, se tendrá que hacer clic sobre ‘Acceda con certificado o DNI electrónico’.
2. Cl@ve PIN
Este sistema combina una contraseña escogida por el usuario con un pin temporal de tres caracteres recibido por SMS o a través de una app. Para identificarse en la web de Hacienda con este sistema y solicitar el borrador es necesario registrarse previamente.
El alta se puede llevar a cabo de forma presencial en una oficina acreditada o por Internet solicitando un código seguro de verificación que el contribuyente recibirá en su domicilio por carta y que tendrá que usar para completar el registro.
Pero hay otra manera más rápida de registrarse en Cl@ve que no requiere moverse de casa: darse de alta por videoconferencia. Este proceso puede llevarse a cabo a través la web de la AEAT en el apartado ‘Registro en Cl@ve’ de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Será necesario identificarse con el DNI o el NIE e indicar un número de teléfono móvil.
Otra opción para darse de alta en Cl@ve es con un certificado o DNI electrónico, aunque este sistema, de por sí, ya deja solicitar el borrador.
Una vez completado el registro, bastará con acceder al servicio Renta WEB a través del portal online de la Renta e identificarse con el sistema Cl@ve PIN.
3. Número de referencia
Los contribuyentes que no tengan un certificado electrónico válido y tampoco estén dados de alta en el sistema Cl@ve PIN pueden solicitar un número de referencia. Este código alfanumérico, junto con su DNI o NIE, les permitirá identificarse y descargar su borrador de la Renta 2020, así como modificarlo y confirmarlo a través de Internet. El número se puede pedir por teléfono o a través de la web de la AEAT pinchando sobre el botón ‘Obtenga su número de referencia’.
Aunque conseguir este número resulta muy sencillo, para muchos españoles acaba convirtiéndose en un imposible. ¿La razón? Para solicitarlo es necesario indicar el importe de una casilla de la Renta del ejercicio anterior. En este caso, los contribuyentes que quieran obtener su número de referencia deberán señalar el valor de la casilla 505 de la Renta 2019 (la que se presentó el año pasado).
Hay dos excepciones: los contribuyentes que el año pasado no presentasen la Declaración y aquellos a los que la casilla 505 les diese un resultado igual a cero. En estos dos casos, se tendrán que indicar los últimos cinco números del IBAN de una cuenta corriente.
¿Dónde podemos encontrar el valor de la casilla 505?
Si guardamos una copia del borrador o de la Declaración del año pasado, podremos encontrar la casilla 505 dentro del apartado relativo a la base liquidable general y base liquidable del ahorro. También podremos dar con ella en el documento de ingreso o de devolución.
Como alternativa, podremos acudir a una oficina de la Agencia Tributaria, previa solicitud de cita, para que nos lo indiquen.
Aquellos contribuyentes que no consigan encontrar la casilla 505 y quieran evitar desplazamientos pueden registrarse en el sistema Cl@ve.