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Denuncian al Estado ante la Comisión Europea por las cláusulas abusivas

Arriaga Asociados ha presentado una denuncia ante la Comisión Europea contra el Estado español por lo que considera «incumplimiento de la normativa europea en materia de defensa de los consumidores y usuarios, tras las resoluciones dictadas por el Tribunal Supremo (TS) –números 595, 596, 597 y 598 de 12 de noviembre de 2020– sobre la falta de transparencia y abusividad de la cláusula del tipo de interés IRPH», según señala en un comunicado.

El TS determina que la falta de transparencia de la cláusula IRPH ante el incumplimiento de la obligación de las entidades bancarias de entregar la evolución pasada del índice no implica que dicha cláusula sea abusiva. Sin embargo, Arriaga Asociados considera que la falta de transparencia conlleva que el consumidor no fue informado ni sobre el IRPH ni sobre las consecuencias económicas acerca del precio del contrato de préstamo, lo que comporta que necesariamente sea abusiva y, por tanto, nula. «El hecho de no contar con toda la información disponible que debe entregar la entidad bancaria afecta directamente al consumidor, que no puede comparar con otras ofertas existentes en el mercado», explica.

Según mantiene este despacho de abogados, «el alto tribunal no está aplicando adecuadamente el derecho comunitario en materia de defensa de los consumidores y usuarios, vulnerando el principio de primacía del derecho de la Unión Europea, al no respetar la finalidad de la Directiva 93/13/CEE del Consejo de 5 de abril de 1993 sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, ni la interpretación que de la misma ha realizado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que en varias ocasiones ha manifestado la máxima protección al consumidor tal y como recoge el artículo 38 de la Carta de Derechos de la UE».

El despacho de abogados Arriaga Asociados, especializado en reclamaciones por cláusulas bancarias abusivas, fue condenado en junio a pagar 9.732 euros por incluir, precisamente, una cláusula abusiva en uno de sus contratos.

Un Juzgado de Segovia admitió la demanda de un cliente del despacho de abogados al considerar “abusiva” la cláusula en la que se afirma que “si el procedimiento judicial se gana con condena en costas, Arriaga Asociados percibirá las costas procesales y los intereses si los hubiera”.

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