DIGI y Movistar registran problemas de cobertura en España: ¿qué derechos tienen los usuarios de telecomunicaciones?
Las compañías telefónicas DIGI y Movistar registraron en el día de ayer caídas en la red a la hora de hacer llamadas o acceder al servicio de internet móvil. Por ello, muchos se preguntan qué derechos tenemos los consumidores de este tipo de servicio ante las interrupciones que puedan darse en el mismo.
Las interrupciones en el servicio de Internet son más frecuentes de lo que parece y pueden paralizar el día a día de cientos de usuarios, especialmente cuando se prolongan durante horas. Por este motivo la legislación española contempla mecanismos de protección automática para evitar que el consumidor quede desamparado.
El Real Decreto 899/2009, que regula la carta de derechos del usuario de comunicaciones electrónicas, establece en su artículo 16 que, cuando se produce una interrupción temporal del servicio de acceso a Internet, el operador debe devolver al abonado la parte proporcional de la cuota de abono y de cualquier cuota fija, calculada según el tiempo exacto de la avería.
Además, esta norma establece que esta compensación deberá aplicarse de forma automática en la factura del periodo inmediato cuando la interrupción sea superior a 6 horas dentro del horario comprendido entre las 8:00 y las 22:00 horas. En ese caso, la factura debe reflejar la fecha, la duración y el cálculo de la cuantía correspondiente.
La compensación no procede cuando la interrupción se debe a un incumplimiento grave del usuario, a daños causados por equipos conectados por el propio cliente o a situaciones en las que el operador pueda demostrar que la avería no es imputable a su servicio.

