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El aviso de las compañías telefónicas sobre el cambio en las condiciones de contrato

El aviso de las compañías telefónicas sobre el cambio en las condiciones de contrato

A pesar de ser uno de los vértices de la sociedad actual, en la que la mayor parte de las transacciones, operaciones y comunicaciones se gestionan a través de llamadas y, sobre todo, internet, los contratos con las compañías telefónicas siguen siendo uno de los quebraderos de cabeza de muchos usuarios. Por este motivo la nueva Ley General de Telecomunicaciones, que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 28 de junio, entra en vigor con el objetivo de facilitar las relaciones entre empresas y clientes.

Siendo la principal novedad la fijación de la permanencia en un máximo de 24 meses, también esta medida tiene matices, como en los casos en los que se haya adquirido un terminal de pago aplazado o si como parte del contrato figura una suscripción a una plataforma de ‘streaming’, algo muy común en los últimos tiempos. En estos casos, el cliente tendrá la opción de seguir vinculado a la compañía o romper definitivamente el contrato, lo que podrá hacer abonando el importe adeudado del teléfono o cancelando su suscripción al canal en cuestión, dependiendo del caso.

Las compañías telefónicas tienen la obligación de comunicar a sus clientes todos los cambios que devengan en sus contratos con esta nueva ley antes de que acabe el mes, aunque según recoge ABC algunas de las principales empresas, como son Telefónica, Orange, Vodafone, Másmovil, ya estarían contactando con sus clientes para que estuvieran informados. En este sentido, otra de las novedades que introduce la ley es la de hacer llegar a sus clientes un resumen de fácil lectura del contrato. En el caso de las portabilidades también se presentan novedades, en concreto, que serán gratis.

En lo que se refiere a los cambios que tendrán lugar en lo que respecta a los contratos de las compañías telefónicas, celebramos que «se acaban los contratos indefinidos, que eran más beneficiosos para las compañías que para los consumidores. Ahora hay un límite máximo de 24 meses, que luego se puede prorrogar». Sin embargo, han mostrado su desacuerdo por el hecho de que el plazo de preaviso que se ha estipulado para efectuar cambios en la tarifa haya sido de poco menos de un mes. En este sentido, también han mostrado su escepticismo con otras de las novedades, como el hecho de que las compañías realmente vayan a hacer llegar a sus clientes un resumen de sus facturas de fácil comprensión.

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