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El Congreso aprueba definitivamente el nuevo copago farmacéutico

El Congreso aprueba definitivamente el nuevo copago farmacéutico

El Pleno del Congreso ha convalidado definitivamente el real decreto ley que modifica el sistema de aportación de los usuarios en la prestación farmacéutica. Según indicaciones del Gobierno, esta norma pretende «reforzar la equidad» en el acceso a los medicamentos, ampliando de tres a seis los tramos de aportación e incorporando topes mensuales según la renta para la población activa. En el caso de los pensionistas, se añade un nuevo tramo y se pasa de tres a cuatro.

De este modo, para personas activas y sus beneficiarios, se pasa de tres a seis tramos de renta: para rentas anuales por debajo de 35.000 euros se introducen topes máximos mensuales. Así, por debajo de 9.000 euros se mantiene un 40% de copago con un límite de 8,23 euros al mes; entre 9.000 y 17.999 euros se aplica también un 40% con un tope de 18,52 euros; entre 18.000 y 34.999 euros el porcentaje sube al 45%, con un límite mensual de 61,75 euros; mientras que a partir de 35.000 euros se mantienen los porcentajes del 45%, 50% y 60% para los tramos de 35.000-59.999, 60.000-99.999 y más de 100.000 euros, respectivamente, aunque sin tope mensual en estos tres últimos grupos.

En cuanto a los pensionistas, se han revisado también los tramos:

  • Los pensionistas con rentas inferiores a 18.000 euros siguen pagando el 10% con un límite de 8,23 euros al mes.
  • Se crea un nuevo tramo de 18.000 a 59.999 euros en el que también se mantiene el 10%, pero el tope mensual baja a 13,37 euros.
  • Entre 60.000 y 99.999 euros se aplica igualmente un 10% con un límite de 18,52 euros.
  • Para rentas superiores a 100.000 euros se fija un 60% de copago con un techo de 61,75 euros mensuales.

Además, se aprueba la exención automática para complementos por mínimos para que no afecte la revalorización de sus pensiones.

Asimismo, la reforma mantiene las exenciones ya existentes para colectivos vulnerables, como personas beneficiarias del ingreso mínimo vital, perceptores de pensiones no contributivas, personas desempleadas sin prestación, menores con discapacidad reconocida o personas afectadas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. 

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