El nuevo etiquetado de las conservas
Las latas de conserva se han convertido en una de las alternativas favoritas de muchos consumidores, pero la opacidad de la lata obliga al consumidor a creer en aquello que muestra su etiquetado. Hasta ahora la legislación permitía a las conserveras de pescados y mariscos ser poco precisas en este sentido; sin embargo, el Real Decreto 1082/2025 ha cambiado esto.
De esta forma, se ha regulado qué se podrá llamar sardinilla y qué chicharrillo, qué es melva canutera y qué es pescadilla, dictaminando medidas, peso, especie y origen del caladero. Además, se han definido formas de presentación, conservación y preparación, es decir, el significado legal y las diferencias entre “troceado”, “desmigado”, “picado”, entre “filetes” y “corazones de filetes” o entre “migas” y “migajas”, por ejemplo.
Por lo que respecta a la conservación, se aclaran las variaciones entre “salado”, “salpreso”, “en salazón”, “seco-salado” o “al punto de sal”, entre un total de 47 elaboraciones. La norma también revisa los términos que se refieren a partes de los productos de la pesca, como las “alas”, “bocas”, “rejos”, “patas”, “tentáculos” y otras secciones de peces, mariscos y crustáceos.
La norma ha regulado tanto las denominaciones comerciales nacionales (a las que se sumarán, sin sustituirlas, las denominaciones regionales reconocidas que soliciten las comunidades autónomas) y las denominaciones de productos de la pesca y la acuicultura en conserva.

