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El TJUE sentencia que las normas españolas suponen un «obstáculo» para revisar cláusulas abusivas

El TJUE sentencia que las normas españolas suponen un «obstáculo» para revisar cláusulas abusivas

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con sede en Luxemburgo, ha considera contrario al derecho de la UE las normas procesales españolas que suponen «un obstáculo» para que los jueces puedan examinar cláusulas abusivas, como las del suelo, y para que el consumidor pueda reclamarlas ante los tribunales en el marco de un contrato hipotecario.

El tribunal señala en su sentencia que las disposiciones procesales nacionales «deben observar el principio de efectividad» para cumplir con la tutela judicial y concluye que «si no hay un control eficaz» del carácter abusivo de las cláusulas de un contrato no puede garantizarse el respecto al derecho comunitario.

El Tribunal de la UE recuerda en su sentencia que el sistema de protección de la normativa europea establece que el consumidor se encuentra «en situación de inferioridad respecto al profesional», tanto en lo que respecta a la capacidad de negociación como al nivel de información, por lo que concede que estas cláusulas abusivas «no vincularán al consumidor».

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