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Los problemas a los que te enfrentas por no llevar casco en patinete

Los problemas a los que te enfrentas por no llevar casco en patinete

La implementación de la nueva Ley de Tráfico, además de afectar a coches y motos, los Vehículos de movilidad personal (VPM) también se ven bastante perjudicados. Ya que, los conductores del patinete eléctrico tendrán que llevar casco de forma obligatoria y se enfrentan a cuantiosas multas si no circulan como es debido. No obstante, no se podrán detraer puntos a estos usuarios, puesto que no se exige aún ningún tipo de licencia para conducir estos vehículos.

¿Qué dice la DGT al respecto del patinete?

La base de datos de la DGT, reflejan que en el 100% de los accidentes con los patinetes como protagonistas se ocasionan en vías urbanas. Hay que recalcar, en 2021, hubo un total de 8 fallecidos, 97 heridos hospitalizados y 1.097 personas con lesiones leves en siniestros, con estos VPM como eje principal. Sin dudas, son cifras que deben tener en cuenta los conductores de estos vehículos. ¡A tener en cuenta esta cifra!

Cantidad de personas que conducen patinete en el país

Actualmente, aproximadamente 120.000 personas son usuarios temporales o habituales (alquileres y propietarios) del patinete eléctrico, el Segway u otros artilugios. Mientras, que más de 40.000 ciudadanos tienen uno o más de estos vehículos en el garaje de sus hogares. Lo anterior, fueron datos recopilados de la Asociación de Usuarios de Vehículos de Movilidad Personal (AUVMP), que realizó la encuesta de movilidad a fines del año pasado.

Requisitos de la DGT para utilizar los VMP

Las autoridades de la DGT recomiendan y exigen el uso individual del vehículo. Los VMP y demás vehículos ligeros propulsados eléctricamente solo tienen autorización para transportar a una persona. Por lo que, la circulación de dos ocupantes en un rodado de estas características será sancionable con 100 euros de multa, según lo que dispone el artículo 9.1.5.E del Reglamento General de Circulación (RGC). Entonces, ya sabes lo que no debes hacer.

Uso del casco

Los accidentes viales en este vehículo, es el principal motivo para la nueva obligatoriedad del uso del casco en patinete. Y no hacerlo podrá implicar multa según la nueva Ley de Tráfico, aunque esta sanción está pendiente de un desarrollo reglamentario de la Ley. Asimismo, algunos ayuntamientos o municipios ya han establecido sanciones por circular en patinete sin casco, aunque en este caso se trata de normas de circulación a nivel local.

Chaleco reflectante obligatorio

Ahora bien, si manejamos por la noche, tenemos la obligatoriedad de llevar una prenda reflectante para ser advertidos y respetados por los otros conductores en la vía pública. Si no es así, se considerará conducción negligente y, por tanto, condenable cuando se realice esta acción sin alumbrado, ni prendas o elementos brillantes en el cuerpo. Por ende, la sanción correspondiente es de 200 euros, conforme al artículo 3.1 del RGC.

Velocidad máxima de circulación

Debemos destacar, que la aceleración máxima en el que podrán circular estos vehículos es de 25 km/h, velocidad a la que el motor detendrá gradualmente la marcha del rodado. También, dispondrá de mecanismos de antimanipulación tanto para la velocidad como para la potencia. Del mismo modo, deberán contar con un indicador de información visible en el que conste la rapidez a la que transita y el nivel de batería.

Accidentes en aumento

El esplendor de los vehículos de movilidad personal (VMP) está convirtiendo a quienes los utilizan en los nuevos usuarios vulnerables de las vías. Es que en los últimos tres años se han registrado 1.400 accidentes de patinetes eléctricos con víctimas fatales, entre ellos, 20 fallecidos. En resumen, la mitad de los siniestros de estos móviles son colisiones, generalmente con coches, y caídas en la acera. Las lesiones más habituales y peligrosas se producen en la cabeza y, sobre todo, en el rostro.

¿Vale la pena contratar un seguro para el patinete?

En este sentido, lo más recomendable es ponerse en contacto con nuestra compañía de seguros del hogar (si tenemos contratado), porque este tipo de pólizas suele incluir la cobertura de perjuicios a terceros en el caso de accidentes con bicicleta o patinete. En cambio, si no se tiene un contrato de este tipo, será el culpable de la colisión quien debe asumir con los gastos de los daños provocados, de lo contrario es probable que este suceso acabe en los tribunales.

 

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