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El TS avala que el contrato de alquiler pueda prorrogarse hasta 30 años si se fija en una cláusula

El TS avala que el contrato de alquiler pueda prorrogarse hasta 30 años si se fija en una cláusula

El Tribunal Supremo (TS) ha avalado la inclusión de cláusulas en los contratos de alquiler con prórrogas indefinidas hasta un máximo de 30 años a voluntad de los inquilinos que habiten la vivienda. A través de la sentencia 1387/2025 el TS especifica que las cláusulas de prórroga indefinida a voluntad del inquilino son perfectamente compatibles con la actual Ley de Arrendamientos Urbanos, a pesar de que dicha ley estableció límites personales.

Este pronunciamiento se basa en el principio de autonomía de la voluntad recogido en el artículo 1255 del Código Civil, que establece que «los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral ni al orden público». 

Así, considera completamente válido que la prórroga del contrato del alquiler sea indefinida por parte del inquilino y aceptada por el propietario siempre que se cumplan determinadas condiciones. Para que una cláusula de prórroga indefinida sea válida es obligatorio que no cause perjuicio al propietario de la vivienda en alquiler y que se acepte de forma libre por las dos partes.

Por lo tanto, el Supremo niega cualquier vicio procesal y defiende la necesidad de determinar de alguna forma la duración del contrato.

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