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¿En qué casos puedo estar sin mascarilla en el exterior?

¿En qué casos puedo estar sin mascarilla en el exterior?

El Consejo de Ministros aprobará en los próximos días un Real Decreto Ley que vendrá a matizar el uso de la mascarilla. La flexibilización «se hará de forma gradual y prudente», ha señalado el consejero de Sanidad de la Junta de Extremadura, José María Vergeles. El uso de la mascarilla será obligatorio en le exterior cuando no se pueda asegurar la distancia interpersonal de no convivientes de la menos 1,5 metros. «Si salgo a pasear y no hay nadie, me puedo quitar la mascarilla, pero si llego a un espacio exterior donde voy a estar cerca de personas no convivientes con una distancia de menos de 1,5 metros, tengo que usar la mascarilla», ha explicado el consejero. 

También será obligatorio su uso en espacios públicos y en espacios abiertos al público. También en la utilización de medios de transporte públicos y en los andenes, aunque estén al aire libre, al igual que en eventos multitudinarios aunque sean al aire libre siempre que ese evento se haga de pie, y si se está sentado pero no hay distancia suficiente. 

En las residencias de mayores, trabajadores y visitas la llevarán de forma obligatoria. Los residentes la usarán si la tasa de cobertura de la residencia es inferior al 80%. En Extremadura, ninguna de las residencias están por debajo de esa cifra, por lo que los residentes podrían ir sin mascarilla. 

Los trabajadores esenciales también deberán llevarla si la vacunación es inferior al 80%. Si es superior, podrán estar sin ella. 

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