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Estos son los casos en los que el banco puede transferir dinero entre tus cuentas

Estos son los casos en los que el banco puede transferir dinero entre tus cuentas

En ocasiones, una persona puede disponer a su nombre de varias cuentas en la misma entidad bancaria. En esas situaciones debe estar al tanto del saldo de cada de ellas y las posibles domiciliaciones que impliquen salidas de dinero, así como todos los movimientos o ingresos.

Pero, si tiene varias cuentas de las que es titular, el ciudadano puede encontrarse a veces ante la posibilidad de quedarse en números rojos en una de ellas. Errores de cálculo, olvidos o confusiones que arriesgan al usuario a posibles recargos o comisiones ante las cuales el banco tiene una herramienta: la compensación de cuentas.

Según explica el Banco de España en su página web, la compensación de cuentas «consiste en traspasar dinero de una cuenta con saldo positivo a otra que está en descubierto«, aunque esto debe hacerse solo en casos muy concretos.

En primer lugar, este mecanismo de compensación de cuotas debe comunicarse al titular de las cuentas antes de la firma del contrato de apertura. Es decir, se debe aceptar junto con el resto de posibles condiciones de la cuenta bancaria para cumplir con los principios de transparencia e información.

Eso sí, una vez se acepte la condición y se firme el contrato para abrir la cuenta, el banco no está obligado a comunicar que, en algún momento, proceda a hacer esa compensación de cuentas con el objetivo de evitar números rojos en alguna de ellas.

Cuánto dinero se puede transferir

¿Cuánto dinero se puede transferir de una cuenta a otra para ejecutar esa compensación? El Banco de España establece que «se considera una buena práctica bancaria» respetar las cuantías que se conforman como inembargables tanto en pensiones como en sueldos. Con excepciones, la cantidad por debajo de la cual no se puede embargar es el Salario Mínimo Interprofesional, recientemente elevado a los 965 euros mensuales.

Esta cantidad límite no afecta a la compensación, pero desde el Banco de España se promueve que se use en este mecanismo. El organismo explica que «la entidad no debe priorizar su propio interés o derecho de compensar deudas en perjuicio del interés del cliente».

En su Memoria de Reclamaciones de 2020, el Banco de España explica una situación que, a su juicio, constituye una mala práctica y explica cómo no se ha de hacer la compensación de cuentas y la influencia de ciertas cantidades inembargables. El organismo relata cómo un banco, con el objetivo de saldar deudas, traspasó el importe íntegro de una cuenta a otra de una mujer.

Esa cuenta de la que se traspasó dinero era en la que recibía una pensión por debajo del Salario Mínimo Interprofesional que constituía su fuente de ingresos y sustento vital. El banco alegó que en un primer momento se le dejó usar a la mujer para que pudiese disponer de dinero, pero se ignoró su intención de pagar ese saldo negativo de forma progresiva, conforme su capacidad financiera mejorase.

Esto constituyó una mala conducta porque se privó a la mujer de su sustento vital, por debajo del Salario Mínimo Profesional, así como por la respuesta de la entidad al requerimiento de la mujer, ya que fue «escueta» y carente de «sensibilidad».

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