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Hedonai entra en concurso de acreedores y los afectados deben comunicar sus créditos antes del día 3 de julio

Hedonai entra en concurso de acreedores y los afectados deben comunicar sus créditos antes del día 3 de julio

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, el Edicto del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid de declaración de Concurso de Acreedores de MICENAS CAPITAL SLU, con nº de identificación B72944945, habiendo sido nombrada como Administración
Concursal LENER ADMINISTRACIONES CONCURSALES SLP.
Como usuario/a afectado/a por el cierre de la Clínica Hedonai y concurso posterior de Micenas Capital, debes proceder a comunicar tu crédito a dicha Administración Concursal, antes del día 3 de julio de 2024.

Para ello, los datos de contacto que constan en el Boletín Oficial del Estado para enviar la comunicación a LENER ADMINISTRACIONES CONCURSALES SLP son los siguientes:

LENER ADMINISTRACIONES CONCURSALES SLP
Domicilio Pº castellana 23 1º 28046-CP.
Teléfono: 913 912 066
Cuenta de correo asociada al concurso: concursomicenascapital@lener.es

En caso de comunicar el crédito vía correo postal, es aconsejable enviarlo, al menos, mediante correo certificado con acuse de recibo. Si se comunica a través de correo electrónico, es recomendable conservar dicho email, así como cualquier acuse de recibo que pudiera realizar la Administración Concursal. Todo ello a modo de justificante de envío y comunicación.

Con independencia de lo anterior, deberán seguirse las instrucciones o indicaciones que, una vez comunicado el crédito, traslade la Administración Concursal.

En la comunicación que envíes al administrador concursal debes incluir los siguientes datos:

1. Datos personales y de contacto del acreedor, (persona que haya abonado o
estéabonando el coste del tratamiento).
2. La fecha de la comunicación del crédito (recordar que debe enviarse a la
Administración Concursal antes del 3 de julio de 2024).
3. Si se actúa en nombre propio o en representación del acreedor.
4. Datos identificativos del usuario/paciente.
5. La fecha en que se contrata el servicio o la financiación (de haberse financiado).
6. La fecha prevista para la realización del tratamiento contratado y número de bonos o
sesiones.
7. El importe del crédito:
– Cuantía total del importe abonado directamente a Hedonai si el tratamiento
incumplido no fue financiado.
– Si el tratamiento no prestado fue financiado parcialmente, la sumade los
importes abonados directamente a Hedonai más el total del crédito
concedidopara la financiación del tratamiento.
– Y si el tratamiento no prestado se hubiese financiadocompletamente, el
importe del crédito concedido.
(Sérealizaráel cálculo preciso de la cuantía correspondiente a la parte del
tratamiento no prestada, si se dispone de documentación para ello).
8. Firma del acreedor del crédito o de la persona que, en su caso, lo represente.
Deberá adjuntar copia de toda la documentación de que disponga en relación al crédito
(presupuesto, factura, contrato con Hedonai, contrato de financiación, documentos de
pagos al contado) y, en caso de que actúe en representación del acreedor, de la
documentación que lo acredite.

Si el titular del crédito es una persona diferente al paciente, conviene que el paciente le autorice para remitir al administrador concursal la documentación relativa al tratamiento suscrito, y se acompañe dicha autorización a la comunicación del crédito.

Recuerde que debe enviar esta comunicación a la Administración Concursal antes del 3 de julio y conservar los justificantes de envío.

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