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La Audiencia Provincial de A Coruña declara la nulidad de la comisión de apertura en la hipoteca

La Audiencia Provincial de A Coruña declara la nulidad de la comisión de apertura en la hipoteca

La Audiencia Provincial de A Coruña ha dictado una sentencia que da la razón a un cliente por la comisión de apertura en su hipoteca. Esta es la primera sentencia de una audiencia provincial en Galicia y la segunda en España que se pronuncia a favor del consumidor afectado por una comisión de apertura tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 16 de marzo de 2023 en la cuestión prejudicial C-565/21.

En esta sentencia, la Audiencia Provincial de A Coruña declara la nulidad de la comisión de apertura en el préstamo hipotecario de nuestro cliente, y también declara la nulidad de otras cláusulas abusivas como la cláusula suelo, de gastos hipotecarios, de interés de demora y de comisión por reclamación de posiciones deudoras. Estos pronunciamientos no fueron recurridos en apelación por ABANCA, entidad bancaria demandada por nuestro cliente.

Antecedentes de la sentencia

La sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de A Coruña es el resultado de un largo proceso judicial iniciado por un cliente que contrató con ABANCA un préstamo hipotecario en el que se incluían varias cláusulas abusivas, entre ellas la comisión de apertura. Ante la negativa del banco a eliminar estas cláusulas, el cliente decidió demandar a ABANCA en los tribunales.

En primera instancia, el Juzgado de Primera Instancia nº 7 de A Coruña estimó íntegramente la demanda declarando nulas la cláusula suelo, la cláusula de gastos hipotecarios, la cláusula de intereses de demora, la comisión por posiciones deudoras y la comisión de apertura. A pesar de ello ABANCA decidió recurrir la sentencia pero solo respecto al pronunciamiento referente a la nulidad de la comisión de apertura, aceptando la sentencia en el resto de sus términos.

Razonamientos de la Audiencia Provincial de A Coruña

La Audiencia Provincial de A Coruña basa su sentencia en la jurisprudencia del TJUE, en particular en la sentencia de 16 de marzo de 2023 en la cuestión prejudicial C-565/21. Esta sentencia establece que la comisión de apertura en los préstamos hipotecarios puede considerarse una cláusula abusiva si no se informa al consumidor de forma clara y transparente sobre su naturaleza y su importe.

La Audiencia Provincial de La Coruña señala que «La comisión de apertura establecida en la estipulación Cuarta de la escritura de préstamo hipotecario no cumple una de las condiciones de transparencia que derivan de la STJUE de 16 de marzo de 2023«.

Así sostiene que «los consumidores no estaban en condiciones de verificar que no había un solapamiento entre los distintos gastos previstos en el contrato o entre los servicios que estos
retribuyen».

Además de lo anterior ABANCA no justificó de forma adecuada la comisión de apertura cobrada al consumidor, no acreditando que la misma respondiera a servicios prestados.

Las costas judiciales del recurso de apelación son impuestas a ABANCA al ver íntegramente desestimado su recurso.

Esta sentencia es especialmente relevante, ya que se trata de la primera sentencia de una Audiencia Provincial en Galicia y la segunda en España en dar la razón a un consumidor por una cláusula de comisión de apertura en su hipoteca tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 16 de marzo de 2023 en la cuestión prejudicial C-565/21.

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