La DGT cambia las normas para los nacidos entre 1956 y 1961
En 2026, los conductores nacidos en 1961 cumplirán 65 años. Esto implica que, desde ese momento, dejarán de renovar su carné cada década y deberán hacerlo cada cinco años. Los conductores nacidos entre 1956 y 1961 entran de lleno en el tramo en el que la Dirección General de Tráfico (DGT) refuerza los controles administrativos para renovar el carnet de conducir.
En nuestro país no existe una edad máxima para conducir sino que la posibilidad de seguir al volante no depende del año de nacimiento, sino del estado físico, sensorial y cognitivo del conductor. Y es que los nacidos en 1961 cumplen 65 años, justo la edad a partir de la cual cambia el plazo de renovación del carnet. Y los nacidos en 1956 alcanzan los 70, lo que introduce otra variación administrativa relevante.
A partir de los 65 años, el carnet deja de actualizarse cada 10 años y pasa a renovarse cada cinco en los permisos habituales, tales como los de coche, moto o ciclomotor. En el caso de los permisos profesionales, como los de camión o autobús, la renovación se acorta aún más: cada tres años. Esto es así con la finalidad de comprobar que las capacidades necesarias para conducir se mantienen en condiciones adecuadas.
Al pasar por el Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC), lo más habitual, en caso de detectarse alguna limitación o deficiencia, es obtener un «Apto con restricciones». Esto no implica dejar de conducir, sino poder hacerlo con seguridad bajo determinadas condiciones. Entre las restricciones más habituales se encuentran:
- Limitación horaria: puede establecerse la prohibición de conducir durante la noche si la visión o la atención se ven afectadas en esas condiciones.
- Radio de acción: en algunos casos, se limita la conducción a un área cercana al domicilio habitual para reducir desplazamientos largos o complejos.
- Adaptaciones del vehículo: puede ser necesario utilizar elementos específicos como espejos retrovisores adaptados o vehículos con cambio automático.
- Vigencia reducida del permiso: cuando existen enfermedades crónicas o condiciones médicas concretas, el permiso se puede renovar cada uno o dos años en lugar de periodos más amplios.

