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No devuelvas un recibo de tu cuenta tan rápido: los dos problemas que puedes sufrir

No devuelvas un recibo de tu cuenta tan rápido: los dos problemas que puedes sufrir

La domiciliación de recibos ha quitado una preocupación de encima a los consumidores, que ya no tienen que desplazarse para pagar los servicios como antaño. Se convierte en un pago más en la cuenta del banco siempre que se haya firmado una autorización previa y expresa para que la entidad pueda efectuar los cargos. 

Es la llamada orden de domiciliación. A partir de determinada fecha se da permiso para que se inicien unos pagos. Puede ser algo puntual o permanente, de forma mensual, trimestral o anual. Como el pago de facturas de teléfono, la luz, las suscripciones a una plataforma de series o el pago del gimnasio.

¿Y si se quiere devolver el recibo cuando la domiciliación sigue en vigor? La devolución se puede hacer en un plazo de ocho semanas si el cargo estaba previamente autorizado, al dar el visto bueno no se sabía el importe a descontar y se diferencia mucho de los pagos previos, como una factura disparada por una mala lectura en el contador; o de trece meses si no estaba autorizado, se especifica en el Portal del cliente bancario del Banco de España.  «Si no diste autorización al cargo del recibo, puedes rechazarlo sin más».

Pero al devolver un recibo hay que tener en cuenta que «tiene sus consecuencias». La entidad puede preguntar el motivo de la devolución para evitar problemas a posteriori. Aquí es importante que el banco recoja correctamente la causa, porque pueden presentarse dos problemas.

La empresa suministradora puede creer que se anula el servicio

Un primer lío que puede surgir es que la empresa suministradora crea que se da de baja el servicio. Ocurre cuando se intenta cobrar un recibo por error o porque se necesita liquidez urgente en ese momento. «Si no explicitamos la causa corremos el riesgo de que la empresa suministradora crea que anulamos el servicio», especifica el Banco de España. También es recomendable ponerse en contacto con la empresa para evitar cortes del servicio.

El segundo problema que puede surgir es al tratar con la Administración pública, según informa el Banco de España. Al devolver recibos que ha emitido la Seguridad Social o la Agencia Tributaria, por ejemplo, la acción «puede generar recargos y pérdidas de subvenciones o bonificaciones no solo del recibo devuelto, sino por los siguientes que se dejaron de emitir», se advierte.

¿Qué solución hay para evitarse problemas? El banco tiene que especificar correctamente la clave específica de devolución para que luego no surjan contratiempos. «Cuando das instrucciones a la entidad, rechazando recibos u otras órdenes de pago, esta debe poner todos los medios para su cumplimiento», se añade.

El banco cuenta con 10 días hábiles para devolver el importe íntegro o justificar el rechazo a la solicitud. Si la deniega, debe indicar qué procedimientos de reclamación, judiciales y extrajudiciales, se tienen a disposición.

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