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Publicada la nueva directiva europea para la protección de los intereses colectivos de los consumidores

El Diario Oficial de la Unión Europea publicó el pasado 4 de diciembre la Directiva 2020/1828 del Parlamento y del Consejo Europeo del pasado 25 de noviembre, relativa a la protección de los intereses colectivos de los consumidores, aunque ahora los estados miembros tendrán 2 años de plazo para trasponerla a sus ordenamientos jurídicos, como muy tarde el 25 de diciembre de 2022.

Conocida como “Class action”, la nueva directiva establece mecanismos procesales para la protección colectiva de los consumidores, con el objetivo de evitar que estos se vean obligados a iniciar costosos y complicados procedimientos judiciales en defensa de sus intereses como consumidores, frente a una práctica abusiva o ilegal de una determinada empres. Especialmente en aquellos casos en que resulta notorio lo abusivo o ilegal de la práctica de la empresa, pero emprender el litigio judicial resultaría de todo punto descompensado económicamente.

Por ejemplo, la directiva está indicada para casos como los que en ocasiones vulneran los derechos de los consumidores en sus contratos de luz o gas, cuando han accedido a condiciones específicas por parte de su compañía suministradora, a cambio de acceder a una determinada temporalidad de permanencia como clientes de la empresa, pero luego esas condiciones establecidas previamente se incumplen por parte de la propia empresa. Si ese perjuicio supone un importe mensual de menor cuantía, la acción judicial nunca compensaría la pérdida que el incumplimiento supone, por lo que el consumidor en cuestión se ve obligado a permanecer aún cuando las condiciones que habían pactado ya no se cumplen.

Si la práctica afecta a multitud de consumidores a la vez, la empresa puede beneficiarse millonariamente e incluso distorsionar el mercado de este modo, gracias a la obtención de una ventaja competitiva con respecto a sus competidores, que ha logrado de modo ilícito. El mecanismo al que ahora se abre luz a través de la nueva directiva consiste en poder iniciar una acción realizada en representación de todos esos consumidores. Además, sólo el hecho de que dicho procedimiento pueda llevarse a cabo judicialmente actuaría como un elemento disuasorio para las empresas a la hora de poner en marcha este tipo de prácticas. El propio preámbulo de la Directiva alude a un mayor riesgo de que los consumidores se vean afectados por una misma práctica ilegal, debido a la globalización y la digitalización, por lo tanto resultan necesarios medios eficaces para que los consumidores puedan evitar dichos abusos.

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